Ya desde hace algunos años atrás el holding chileno Falabella tiene un fuerte interés por ubicarse en la ciudad fronteriza de Tacna, sin embargo, la ley peruana no permite que personas o sociedades con participación extranjera tengan propiedades a 50 kilómetros de alguna zona de frontera.
Es por ello, que a través de una Resolución Ministerial la cadena de centros comerciales Aventura Plaza ha pedido autorización para comprar un terreno de 100.000 metros cuadrados, mientras que Open Plaza ya tiene un inmueble comprado y solicita que le permitan mantenerlo bajo su propiedad.
Produce indica que los proyectos de esas empresas buscan construir nueva infraestructura arrendable que generarían ventas por S/271,5 millones en su primer año, lo que implicaría una recaudación en IGV por S/46,2 millones y de S/22,7 millones en Impuesto a la Renta.
“En Tacna estamos a la espera de los permisos para desarrollar un mall en esa ciudad, que nos encantaría poder desarrollarlo”, sostuvo el directivo chileno Mauricio Mendoza, gerente general de Mall Plaza Perú, en una entrevista en exclusiva para la revista número 6 de Perú Retail Magazine & Business que salió a la venta a fines del año pasado.
Por ello, desde diciembre del año pasado, Falabella ingresó el expediente al Ejecutivo para encontrar una salida a este problema en el que están inmersos desde hace años. Aunque ahora parece encaminada, ya que el Ministerio de la Producción (Produce) prepublicó un proyecto de decreto supremo (DS) que permitiría que el holding chileno Falabella pueda ubicar sus dos principales marcas de centros comerciales (Mall Plaza y Open Plaza).
Actualmente, esta ciudad cuenta con una población superior a los 342 mil habitantes, donde el comercio es una de las principales actividades económicas que constituye la principal fuente de generación de empleo de dicha región.
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SOBRE LA NECESIDAD PÚBLICA
La Constitución Política del Perú y el Decreto Supremo N° 162-92-EF, dispone que un inversionista extranjero podrá acceder a la propiedad o posesión dentro de los 50 km. de las fronteras siempre que cumpla con la declaratoria de “necesidad publica” a través de un Decreto Supremos aprobado por el Consejo de Ministros.
“Así tenemos que existe el interés privado del titular del derecho para desarrollar la respectiva actividad económica; pero, a su vez, existe el interés público para facilitar las inversiones privadas en zonas fronterizas que permitan alcanzar un mayor nivel de empleo, de competencia en el mercado, facilitando el acceso de bienes y servicios a precios accesibles para la población. De esta manera, lo que pretende ejecutar la empresa extranjera trasciende no solo el interés privado, sino también el interés público, llegando a convertirse en un asunto de necesidad pública”, refiere el documento presentado por el Ministerio de la Producción.
Finalmente, el presente Decreto Supremo tiene por objeto declarar de necesidad pública la inversión privada extranjera en actividades comerciales, dentro de un marco constitucional en el que se reconoce esta iniciativa como fuente de desarrollo puesto que se requiere la participación de grandes capitales.
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