La SIC (Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia), falló en primera instancia a favor de Jafer Limited, compañía que maneja los productos de Yanbal en Colombia, y que cuenta con el registro de la marca Espejito, Espejito by Yanbal, para una colonia dirigida a niñas.
Ocurrió luego que una persona natural pretendía usarla como Espejito Espejito Joyas para comercializar ese tipo de productos en el mercado colombiano.
La institución indicó que aunque las marcas en pugna pretenden identificar productos que se encuentran en diferentes clases de nomenclaturas internacionales, están estrechamente relacionados, presentan idénticos canales de comercialización y se promueven mediante los mismos medios de publicidad.
Por ello, de concederse el registro solicitado, se generaría un eminente riesgo de confusión en el cliente. “Un signo susceptible de acarrear riesgo de confusión frente a un signo previamente registrado o solicitado en registro, estará incurso en la causal analizada siendo imposible por tanto, acceder a su registro”, señala la SIC en su actuación resolutiva.