La Comisión de Signos Distintivos del Indecopi resolvió un caso relevante a favor de la multinacional alemana Adidas AG, que denunció a la empresa peruana Marcopolo Perú Company S.A.C. por la venta de camisetas deportivas con diseños que imitaban los de la selección argentina y el Real Madrid. Ambos equipos son patrocinados por Adidas, cuya protección de marca resulta fundamental en el mercado deportivo internacional.
Tras casi dos años de evaluación, el organismo concluyó que la empresa peruana incurrió en una infracción a los derechos de propiedad industrial de la marca registrada. La resolución N.° 1972-2025/CSD-INDECOPI determinó que Marcopolo utilizó indebidamente los signos distintivos de Adidas, afectando la exclusividad de sus emblemas. Esta decisión refuerza la protección legal de las marcas reconocidas.
La infracción se originó por la comercialización de prendas incluidas en la clase 25, que comprende ropa y artículos textiles. Aunque algunos cargos por competencia desleal fueron declarados improcedentes, Indecopi concluyó de forma categórica que hubo una violación a los derechos de propiedad industrial. El fallo sienta un precedente importante en la defensa de marcas internacionales en el país.
Origen del conflicto
El proceso legal comenzó en abril de 2023, cuando personal de la Sunat inmovilizó un lote de camisetas destinadas a exportación en el Callao. Las prendas presentaban diseños y elementos gráficos similares a los que Adidas utiliza en sus productos oficiales, entre ellos las reconocidas tres franjas características de la marca alemana, símbolo que distingue su identidad en el mercado deportivo mundial.
Tras analizar fotografías y documentos aduaneros, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) concluyó que los productos incautados podían confundirse con las camisetas originales de Adidas. La multinacional sostuvo que la empresa peruana Marcopolo Perú Company S.A.C. actuó con mala fe, aprovechando indebidamente la notoriedad de sus signos distintivos en el mercado deportivo.
Adidas argumentó que Marcopolo, al dedicarse a la importación y comercialización de artículos deportivos, conocía perfectamente la reputación y valor de las marcas involucradas. La multinacional alegó que la infracción no solo afectaba su posicionamiento en el mercado, sino que buscaba aprovecharse directamente del prestigio asociado a su marca internacional.
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Multa y medidas correctivas dictadas por Indecopi
En consecuencia, Indecopi declaró fundada la denuncia por infracción a los derechos de propiedad industrial y sancionó a Marcopolo Perú Company S.A.C. con una multa de 4,64 UIT, equivalente a S/ 24.824. Para determinar el monto, la entidad consideró factores establecidos en la normativa peruana, como el beneficio ilícito potencial, la probabilidad de detección de la infracción y la mala fe demostrada en la comisión del acto.
Además de la sanción económica, la Comisión dictó una serie de medidas correctivas decisivas contra la piratería. Se ordenó el comiso definitivo de todas las camisetas que fueron incautadas durante la intervención. Adicionalmente, se prohibió de manera explícita a la denunciada el uso de los signos infractores de Adidas, ya sea de forma aislada o en combinación con otros elementos, en cualquier color o diseño.
Este fallo refuerza la defensa de las marcas internacionales con una gran presencia en el mercado peruano, destacando la notoriedad de Adidas en el sector deportivo. La institución subrayó que la notoriedad de la marca alemana había sido reconocida previamente en resoluciones administrativas, lo que consolida la protección especial de sus signos distintivos. Estudios de percepción citados indican que más del 90% de los consumidores asocian las tres franjas con la marca Adidas.
La decisión de Indecopi marca un importante precedente en la lucha contra la piratería de indumentaria deportiva en el país, un fenómeno que genera pérdidas millonarias cada año para diversas marcas globales, según la Cámara de Comercio de Lima. La resolución también dejó abierta la posibilidad de que, en una etapa posterior y en aplicación de la normativa que regula la falsificación, se decida la destrucción de los productos decomisados.












