“La Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores (SSDAC), que depende de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, sancionó a Cencosud, empresa que nuclea los supermercados Jumbo, Disco y Vea, con una multa que establece la más alta penalidad de $5 millones, por cometer prácticas comerciales abusivas en contexto de pandemia mundial”.
Esto, según la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo, quien determinó que en marzo de 2020, la reconocida cadena realizó una estrategia de publicidad digital para la tienda virtual del supermercado Jumbo, que indujo a realizar compras alentando el temor al desabastecimiento.
La promoción cuestionada incumplió “la obligación de brindar información clara y cierta, así como el deber de protección de la salud e integridad de las y los consumidores”. Además, colocó en tela de juicio el derecho a recibir condiciones de trato digno, responsabilidad y respeto en el contexto de la actual emergencia sanitaria.
De esta manera, según detalla el organismo argentino, la compañía lesionó los derechos establecidos en los artículos 4, 5 y 8 bis de la Ley de Defensa del Consumidor (N° 24.240).
Igualmente, para definir la sanción, se tuvo en cuenta la declaración del Foro Iberoamericano de Agencias Gubernamentales de Protección al Consumidor, del que Argentina es Estado Miembro.
En el mismo se manifiesta que, frente a la pandemia de Covid-19, es importante hacer un llamado a la concienciación para que las personas consumidoras se abstengan de realizar compras por «temor al desabastecimiento» y que tengan en cuenta las necesidades de los demás, realizando un consumo racional en función de las necesidades de su grupo familiar, evitando la acumulación compulsiva de productos alimenticios en exceso.
LA PUBLICIDAD PENALIZADA
La publicidad en cuestión se hizo pública a través de las redes sociales hasta el 22 de marzo 2020, es decir, aún después que el Poder Ejecutivo Nacional decretó la emergencia sanitaria y 11 días después que la OMS declarara la situación mundial como pandemia.
Teniendo en cuenta la gravedad en la emisión y difusión de este tipo de mensaje publicitario, la empresa Cencosud fue penalizada con la multa más alta determinada por la ley.