Un hecho relevante del 2013 fue que Cencosud solicitó el registro de la marca Krea para vender artículos de decoración de Navidad, una variedad de juegos didácticos y un sin fin de elementos de entretenimiento, todos contenidos dentro de la clase 28 de la clasificación Internacional de Niza, que identifica accesorios de decoración y entretenimiento.
Ante esto, Hasbro y Plásticos Creativos interpusieron una oposición al registro de la marca, ya que dentro de sus catálogos tienen la marca Kre-o y Creaplast, respectivamente. Asumiendo que el signo solicitado se podría encontrar incurso en la causal de irregistrabilidad por similitud y posible confundibilidad.
Luego de un primer análisis, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) encontró que había suficientes signos que las diferenciaban unas de otras y que el consumidor iba a ser capaz de diferenciarlas. Además porque “las sociedades no pueden pretender apropiarse en exclusiva de la raíz ‘Crea’, porque su uso ya ha sido concedido a distintos empresarios para distinguir productos de la misma clase 28, y además, la Entidad en el pasado aceptó la pacífica convivencia en el mercado y en el registro de marcas Creaplasta, Creación estratégica y creature, de la misma categoría que Krea”. Basado en esto, la entidad se sentía en el deber de conceder el registro en este caso. Y agregaron que el hecho de sustituir la C por la K le otorgaba mayor distintividad.
Después de conocer la decisión, las sociedades opositoras interpusieron un recurso de apelación. Sin embargo, la resolución por parte del Despacho del Superintendente encargado de la Propiedad Intelectual, determinó de nuevo que el signo no generaba confusión.
Adicionalmente, la entidad no encontró elementos de juicio que implicaban un cambio de línea de decisiones respecto al tema en cuestión, especialmente cuando ya se había reconocido derechos marcarios al solicitante, Cencosud, sobre el signo Krea, en la identificación de productos que también se encuentran dentro de la clase 28 de la clasificación.
Para el abogado especialista en derecho marcario de Q&D Abogados, Javier Delgadillo, “la Superintendencia aplicó acertadamente el concepto de marcas derivadas para conceder el registro, es decir, otorgó el registro de la marca nominativa Krea porque Cencosud ya tenía derechos sobre la marca mixta para identificar los mismos productos”.
En el caso de marcas derivadas, explicó el abogado experto, “las oposiciones no pueden atacar elementos de la marca que ya estén comprendidos en un registro anterior, a nombre del mismo titular y que identifiquen los mismos productos porque ya hay un acto administrativo que respalda la distintividad de la marca inicial y que no puede ser desconocido posteriormente”.
Krea
Es una marca mixta, esto quiere decir que se tiene que analizar por todos los elementos que la componen, sus letras, colores y ubicación dentro de un espacio.
Krea pertenece a los artículos de decoración por Navidad, una variedad de juegos didácticos y un sin fin de elementos de entretenimiento, que están registrados en las clases 35 y 41, y de la misma manera, dentro de la clase 28 de la clasificación internacional.