Los distritos de Ate, Ancón, Carabayllo, Comas, Independencia, Los Olivos, Lurigancho – Chosica, Puente Piedra, Rímac, San Martín de Porres, San Juan de Lurigancho, Santa Rosa, Villa El Salvador y Ventanilla, han sido declarados en estado de emergencia por un periodo de 60 días calendario.
Esta medida, anunciada por el Ejecutivo, tiene como objetivo garantizar la seguridad ciudadana en el contexto del paro de transportistas. La decisión fue oficializada el pasado viernes 27 de septiembre, mediante el Decreto Supremo N° 100-2024-PCM, publicado en la edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano.
Frente a esta situación, surgen interrogantes sobre su impacto en las actividades económicas y laborales. Carlos Cadillo, socio de Miranda & Amado, señala que la declaración se debe a un contexto de inseguridad ciudadana, similar al que se presentó el año pasado, que también motivó una declaratoria en diversas provincias y departamentos.
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En esa ocasión, se suspendieron derechos constitucionales como la inviolabilidad de domicilio, la libertad de tránsito, reunión y la seguridad personal. Además, se establecieron reglas de inmovilización social obligatoria, en uno de los departamentos y al inicio, durante algunos días. Sin embargo, no existieron reglas específicas para el ámbito laboral, recuerda.
En esta oportunidad, el Decreto Supremo N° 100-2024-PCM tampoco incluye medidas específicas para las empresas y los trabajadores. Por eso, el Ejecutivo busca garantizar y reforzar el orden interno, a través de la Policía Nacional del Perú y del apoyo de las Fuerzas Armadas; pero, sin que se afecten las actividades económicas y laborales.
En este sentido, se espera que las relaciones laborales se continúen desarrollando de manera regular en los distritos mencionados. El especialista en derecho laboral destaca que, al tratarse de un estado de emergencia, su aplicación debe ser excepcional y tener una duración limitada.
Recomendaciones
En relación con las dificultades de traslado y las demoras ocasionadas por el paro de transportistas del día jueves 26 de septiembre, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) emitió un comunicado. Dado que se trata de circunstancias excepcionales, el documento recomienda priorizar el teletrabajo para salvaguardar la integridad de los trabajadores, cuando la naturaleza de las labores lo permita.
Además, sugiere ofrecer una tolerancia de dos a cuatro horas y permitir la recuperación del tiempo no laborado en un momento acordado por ambas partes, o, en su defecto, que sea decidido por el empleador. También se recomienda implementar otras medidas flexibles y no considerar las tardanzas como faltas laborales sancionables.
Carlos Cadillo señala que, en caso de un nuevo paro de transportistas o situaciones similares, los empleadores pueden evaluar estas medidas o adoptar otras que sean viables según su situación particular.
Además, se sugiere mantener una comunicación constante con los trabajadores para conocer las dificultades que puedan enfrentar, establecer canales de comunicación eficaces o utilizar los existentes, y transmitir información relevante en situaciones excepcionales o urgentes.












