Indecopi, a través de su Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC), ha dado luz verde a la adquisición de Enel Distribución Perú S.A.A. (Enel Distribución) y Enel X Perú S.A.C. (Enel X) por parte de la gigante estatal China Southern Power Grid International (HK) CO., Limited (CSGI HK), bajo ciertas condiciones específicas.
La operación, que se formalizó a principios de abril de 2023, cuando la empresa estatal china CSGI HK firmó un acuerdo para la adquisición de las acciones de Enel Distribución Perú y Enel X Perú, ha sido objeto de un riguroso escrutinio por parte de las autoridades regulatorias. Indecopi decidió avanzar al proceso de una segunda fase, en consonancia con la Ley 31112, la cual dicta el control previo de operaciones de concentración empresarial, con el objetivo de profundizar en el análisis sobre posibles efectos restrictivos a la competencia.
Las condiciones impuestas por Indecopi se centran en el suministro eléctrico. En este sentido, Enel Distribución deberá abastecerse de energía a través de licitaciones administradas por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), en conformidad con la Ley N.°28832. Alternativamente, podrá optar por un concurso transparente y competitivo, supervisado por un notario, cuyos términos y resultados serán debidamente publicados y comunicados a la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia del Indecopi.
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Es importante destacar que una vez firmados los contratos de suministro eléctrico, Enel Distribución no podrá modificar aspectos como la potencia, el precio o el plazo, en términos diferentes a los establecidos en la licitación, ni tampoco alterar la fórmula de actualización de precios de la energía.
El proceso de compra y revisión por parte de Indecopi reveló que CSGI HK forma parte del mismo grupo económico de otras empresas en el sector energético, como Luz del Sur S.A.A. (Luz del Sur), Generación Huallaga S.A. (Generación Huallaga), Inland Energy S.A.C. (Inland Energy) e Hydro Global Perú S.A.C. (Hydro Global), lo que generó preocupaciones sobre la competencia en el mercado eléctrico.
Ante esta situación, la CLC ha condicionado la operación a Enel Distribución, imponiendo reglas claras que deben cumplirse al momento de contratar energía eléctrica para sus clientes regulados, principalmente hogares ubicados en su zona de concesión que abarca la zona norte de Lima Metropolitana, la provincia constitucional del Callao y las provincias de Huaura, Huaral, Barranca y Oyón.
Este proceso, enmarcado en la Ley 31112, otorga a Indecopi la facultad de autorizar, con condiciones o denegar operaciones de concentración empresarial, preservando así las condiciones de competencia en el mercado para beneficio de los consumidores. La versión pública de la resolución de la CLC estará disponible una vez que el documento quede firme, a menos que la empresa solicitante apele la decisión ante el Tribunal del Indecopi.












