A inicios de la cuarentena generada por el COVID-19 se emitieron los Decretos de Urgencia 026-2020 y 029-2020, que dispusieron que los empleados debían trabajar de manera remota y, si su labor era imposible bajo esta modalidad, debían ser otorgadas licencias con goce de haber compensables.
La presidenta de la Comisión de Trabajo, Sigrid Bazán, había explicado que se ha producido una problemática social en donde los trabajadores pertenecientes al grupo de riesgo han acumulado una gran cantidad de horas que son prácticamente imposibles de pagar.
“Se corre el riesgo de que sean sometidos a jornadas extenuantes de hasta 12 horas o que se les realicen descuentos sobre sus remuneraciones, beneficios sociales o liquidaciones”, agregó.
Ante esto, con 100 votos a favor, tres en contra y dos abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio del Proyecto de Ley N.º 1097/2021-CR. Esta norma determina medidas para garantizar los derechos de los trabajadores afectados por las disposiciones legales implementadas durante la emergencia sanitaria.
En concreto, dicha ley busca facilitar a los empleados del sector público y privado la compensación de las horas dejadas de trabajar por licencia con goce de haber durante la pandemia.
La propuesta fue exonerada de segunda votación. Sin embargo, deberá ser evaluada por el Ejecutivo para su posterior promulgación u observación en un plazo máximo de 15 días.
Compensarán horas acumuladas con sobretiempo o días de vacaciones
La medida propone que las horas acumuladas de licencia con goce de haber sean compensadas con sobretiempo antes o después de la jornada de trabajo, siempre y cuando la suma no supere las 52 horas semanales.
Además, también se podrá considerar las vacaciones adquiridas y pendientes de goce, con el límite de 15 días por periodo vacacional y capacitaciones fuera de la jornada de trabajo.
La normativa plantea que la compensación de 1 hora equivalga a 3, es decir, cada hora de trabajo en sobretiempo o dedicada a las capacitaciones fuera de la jornada laboral compensará tres horas de licencia con goce de haber. Igualmente, cada día de vacaciones corresponderá a tres días de licencia con goce de haber.
Prohíben descuentos en la liquidación de beneficios sociales
El documento legislativo indica que está prohibido realizar descuentos en la liquidación de beneficios sociales realizada al término del vínculo laboral para compensar las horas de licencia con goce de haber generadas por las disposiciones legales implementadas en el marco de la emergencia sanitaria.
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