El Pleno Congreso este jueves aprobó reducir de manera temporal el Impuesto General a las Ventas (IGV) de 18% a 8% para las micro y pequeñas empresas (mypes) de los restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, servicio de catering y concesionarios de alimentos.
El dictamen de los Proyectos de Ley 714-2021 y 2148-2021 aprobados por el Congreso tuvo 90 votos a favor, 14 en contra y nueve abstenciones.
A inicios de junio, la Comisión de Economía del Congreso confirmó que la iniciativa denominada “8% del IGV para rescatar el empleo” quedó exonerada de segunda instancia con 76 votos a favor.
De acuerdo al texto sustitutorio, la nueva tasa del IGV para este tipo de establecimientos entrará en vigencia al mes siguiente de la promulgación y tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2024.
Tras la aprobación de la iniciativa, la titular de la Comisión Económica, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Silvia Monteza Facho, señaló que la finalidad es apoyar la reactivación económica de este segmento que ha sufrido el impacto del COVID-19, así como viabilizar la supervivencia y evitar el cierre de estas actividades.
En tanto, actualmente las empresas de estos sectores, al igual que el resto de actividades económicas, están sujetas al 18% de IGV, pero con la tasa especial ahora será de 8%.
Sin embargo, recordemos que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) había rechazado tal medida al explicar que “una tasa reducida del IGV distorsiona y dificulta su aplicación, hace más complicado el sistema tributario (al generar tres regímenes adicionales) e incentiva el “enanismo” empresarial y la informalidad”.
¿Cuáles empresas podrán beneficiarse con esta medida?
Los beneficiarios de la norma son aplicables a las personas naturales y jurídicas perceptoras de la actividad empresarial que tengan a los restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos como actividad principal.
“La actividad principal para los fines de la presente ley comprende a los sujetos de las actividades señaladas en el párrafo anterior cuyos ingresos por ventas o prestación de servicios de dichas actividades representan por lo menos el 70% de sus ingresos”, dice el texto legal.
Ahora, el Ejecutivo tendrá 15 días para revisar el proyecto aprobado y decidir si la promulga o la observa.
Para conocer la postura del Ministerio de Economía y Finanzas ingresa aquí.