El Indecopi ha publicado el documento denominado “Propuestas para la protección del consumidor en el comercio electrónico y la seguridad de productos”, donde propone actualizar el Código de Protección y Defensa del Consumidor, para de esta manera, promover una sana competencia entre tiendas online y a su vez proteger al consumidor.
Mediante esta nueva normativa, que ha sido trabajada por la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor (DPC), se pretende establece un estándar mínimo de cumplimiento en las transacciones realizadas a través de canales digitales, así como garantizar que los consumidores puedan comprar con total seguridad.
El documento publicado por Indecopi señala las siguientes propuestas:
Seguridad de los productos: Los consumidores deberán acceder a productos y servicios en perfecto estado, que no los pongan en riesgo o peligro en condiciones de uso normal o previsible.
Derecho de arrepentimiento: La normativa estipula que el consumidor tendrá la facultad de dejar sin efecto, unilateralmente, la compra o contratación de un producto o servicio, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización alguna, en un plazo máximo de hasta 15 días desde la recepción del producto o la contratación del servicio.
Intermediarios también serán considerados proveedores de servicios: Los intermediarios, es decir, las personas naturales o jurídicas que prestan servicios de intermediación física o a través de canales digitales estableciendo los términos y condiciones en la relación de consumo, que fijen el precio del producto o servicio ofrecido, también serán considerados proveedores de servicios.
Información veraz, clara y completa: La empresa o persona que realiza una venta de productos y servicios por medio de canales digitales deberá informar al comprador de manera clara y completa acerca de los términos y condiciones del contrato, las especificaciones del producto, plazos de entrega, garantías, precio total, fletes, entre otros.
Sanciones: Se incluyen algunas circunstancias atenuantes especiales para los proveedores que incurran en alguna infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor, y que reconozcan o se allanen ante las pretensiones del consumidor, de acuerdo con diferentes escenarios, a fin de incentivar la solución de controversias sin la necesidad de que se inicie un procedimiento administrativo sancionador.