En mayo se realizará el primer depósito de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) 2023, un beneficio social de previsión o seguro de cese laboral para el trabajador y su familia.
No hay una fecha específica en la que se debe depositar el dinero del CTS. Sin embargo, las empresas tienen un plazo válido que deben seguir para desembolsar el dinero a sus empleados u ocasionarán una falta grave en materia de relaciones laborales.
¿Quiénes no podrán retirar el CTS 2023?
El trabajador podrá hacer retiro de su dinero, según lo establecido en la Ley N° 31480. Es importante tener en cuenta que solo aquellos empleados que trabajen mínimo cuatro horas y acumulen al menos 30 días de trabajo tienen opción de recibir la CTS.
Son excluidos de este beneficio los que mantienen convenios de Remuneración Integral Anual, aquellos que laboren para una microempresa acreditada en el REMYPE o los trabajadores que perciben el 30 % o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios.
¿Cómo calcular el monto del depósito del CTS?
Para calcular el monto correspondiente de cada empleado, se debe dividir el monto de la gratificación en seis partes. El resultado se suma al sueldo sin ningún descuento y se multiplicará por los días de trabajo en todo el semestre, es decir, 180 días de acuerdo al registro legislativo 650.
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) computable con mínimo un mes laborado, debe depositarse según lo normado, se otorga 2 veces al año, y durante este 2023 estará disponible al 100%.
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¿Cuál es el plazo de la empresa para depositar el CTS 2023? ¿Qué pasa si lo incumple?
El primer depósito de CTS del 2023, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 650 de 1991, se tiene que hacer efectivo hasta el lunes 16 de mayo e igualmente el segundo como plazo máximo hasta la quincena de noviembre.
Sin importar el motivo, si la empresa incumple con el pago del CTS en el tiempo establecido, La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) los podría multar. El monto dependería de la cantidad de empleados afectados y el tamaño de la empresa, según informa la página oficial del Estado Peruano.
En caso de ser una empresa pequeña, la multa variaría desde 0.45 a 4.50 UIT, alrededor de S/ 2.070 y S/ 20.700. En el caso de las empresas grandes, el monto de la sanción va entre los 1.57 a los 26.12 UIT, lo que equivale a montos entre los S/ 7.222 y S/ 120.152.
Además, también se implementarán todos los intereses legales laborales que se generen hasta la fecha en que se hace efectiva el pago.