El próximo lunes 15 de mayo se vence el plazo para que las empresas depositen la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores. En ese sentido, la Cámara de Comercio de Lima recordó que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) puede aplicar multas por no pagar este beneficio en la fecha establecida.
Cabe detallara que la CTS es un depósito que tu empleador efectúa por disposición legal. Tiene como propósito fundamental prever el riesgo que origina el cese de la relación laboral y la consecuente pérdida de tus ingresos.
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El beneficio se otorga en función del tiempo que el trabajador lleva laborando en el centro de trabajo, y debe ser depositada dos veces al año (mayo y noviembre). Alcanza tanto al sector público como el privado.
Asimismo, con la finalidad de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del covid-19, mediante Ley 31480 se aprobó el retiro del 100% del fondo CTS hasta el 31 de diciembre 2023.
¿Cuáles son las multas por incumplir el depósito de CTS?
Las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por Decreto Supremo 008-2020-TR. Se tratan de tres escalas de multas diferenciadas, la primera para la microempresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (no mype).
Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados. Además se considera como base a la Unidad Impositiva Tributaria o UIT vigente, que para el 2023 es de 4,950 soles.
Las multas para las micro y pequeñas empresas inscritas en Remype no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
En el cuadro siguiente se indican las multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la CTS, según se trate de microempresas, pequeñas empresas, medianas y grandes empresas.
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Hay dos infracciones que se toman en consideración respecto a las CTS; la primera es por no entregar la hoja de liquidación con el cálculo de la CTS (infracción leve), y la segunda es el no depósito del beneficio en el plazo establecido (infracción grave).
- Para la microempresa, en el primer caso puede recibir una multa desde S/222,75 hasta los S/1.138,5. Y por no depositar la CTS recibiría una multa desde los S/544,5 hasta los S/2.227,5.
- Por su parte, las empresas pequeñas pueden ser multadas desde los S/445,5 hasta una multa máxima de S/ 11.137,5. En cambio, por no depositar en el plazo establecido las multas ascienden entre S/ 2.227,5 y 22.275 soles.
- Finalmente, para la mediana y gran empresa, las multas van desde los S/1.287 hasta los S/ 76.824 en el primer caso, y para el segundo de S/7.771,5 hasta los 129.294 soles.