El pasado lunes, 15 de mayo, venció el plazo para que las empresas depositaran a sus trabajadores la primera Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) de 2023, un beneficio laboral que corresponde a los empleados por su actividad laboral desde noviembre del 2022 hasta abril del año en curso.
Para cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia, mediante la Ley 31480, el Gobierno decretó que todos los empleados tienen el derecho a recibir el beneficio y hacer el retiro del mismo en un 100% hasta el 31 de diciembre del 2023.
En caso de que la empresa no haya depositado en dinero correspondiente al beneficio en la cuenta de los empleados, los afectados podrán realizar una denuncia en la plataforma virtual de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), según indica la entidad.
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¿Cuáles son los requisitos para realizar la denuncia?
Según el Sunafil, todas las denuncias realizadas por los trabajadores a las empresas que no depositaron el monto correspondiente al CTS son confidenciales y solo es necesario tener a mano los siguientes datos:
- Número de RUC de la empresa
- Dirección del centro de trabajo a denunciar
- Documentos que sustenten la denuncia, como boletas de pago, contrato de trabajo, entre otros. Deben ir escaneados y en formato PDF
- Contar con un correo electrónico
- Número celular personal
Línea telefónica
Sunafil cuenta con un contacto en caso de que el empleado quiera realizar alguna consulta sobre la denuncia o respecto al beneficio, así como sobre cualquier ámbito de seguridad y salud en el trabajo y temas sobre medidas laborales excepcionales.
La línea telefónica correspondiente a la entidad es 0-800-16872, a la que se puede llamar de forma gratuita. Si el empleado busca otro método para saldar algún inconveniente o los puntos mencionados anteriormente, también puede ingresar al aplicativo Sunafil Responde.
Multas
El Sunafil puede sancionar a las empresas con multas relacionadas a la CTS por dos motivos: por no realizar el pago antes de la fecha correspondiente o por no entregar la hoja de liquidación con el cálculo del beneficio dentro de los cinco días de efectuado el depósito, aunque sería una infracción más leve.
Las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por Decreto Supremo 008-2020-TR. Se trata de tres escalas de multas diferenciadas, la primera para la microempresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (no mype).
Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados y se considera como base la UIT.
Las multas para las micro y pequeñas empresas inscritas en el Remype no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.