El martes 15 de noviembre vence el plazo para que los empleadores peruanos de la micro, pequeña, mediana y gran empresa, según sea el caso, depositen la CTS. La compensación por tiempo de servicios es un beneficio social que la empresa otorga al trabajador con vínculo laboral, y esta vez corresponde al período semestral mayo 2022-octubre 2022.
Tiene por finalidad la de constituir un fondo que le permita enfrentar a las futuras contingencias que puedan ocurrir luego de la extinción del trabajo. Además sirve para cubrir necesidades y las de su familia mientras se reincorpora al mercado laboral.
La CTS se paga semestralmente en los meses de mayo y noviembre de cada año y cada depósito equivale aproximadamente a medio sueldo, dependiendo —precisamente— del tiempo que lleve dentro de la organización. Cabe resaltar que se trata de un fondo acumulativo personal.
¿A quiénes alcanza este beneficio?
Tienen derecho al pago de la CTS todo aquel trabajador que haya laborado como mínimo cuatro horas diarias entre los meses de mayo y octubre, y que tenga como mínimo un mes completo de servicios. Cabe precisar que los trabajadores de la pequeña empresa reciben el beneficio pero a razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios con un máximo de 90 remuneraciones diarias.
Los trabajadores de la microempresa no están comprendidos en el beneficio. En el caso de los trabajadores del régimen agrario, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico; sin embargo, el colaborador puede elegir que le sea abonada de manera diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
¿Cómo calcular mi CTS?
Tome en cuenta su sueldo mensual y luego súmele 1/6 de su gratificación (divida su gratificación entre seis). Ese monto, divídalo entre 360 y luego multiplíquelo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180).
Hagamos un cálculo de CTS sobre un sueldo base de 1.500 soles. La gratificación sería un sexto, es decir, S/250. Haciendo la operación anterior tendríamos:
CTS = [(1500 + 250)/360]*180
CTS = 1750/2 = 875
Lo que recibirá de CTS con un sueldo base de S/1.500 serían 875 soles.
¿Hasta cuándo puedo hacer el retiro del 100 % de la CTS 2022?
Mediante la Ley N° 31480 (25/5/2022), se autorizó a los trabajadores, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2023, a disponer libremente del 100% de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.
A su vez, se mantiene vigente la Ley N° 30334, según la cual los trabajadores pueden retirar de su CTS el exceso de cuatro sueldos. En caso de que el trabajador decida hacer el retiro, deberá comunicarlo por escrito a su empleador, para que este le informe a la entidad financiera donde está depositada la CTS (banco, financiera, caja, entre otros) precisando cuál es el monto que se podrá disponer libremente.
¿Qué pasa si no se me abona la CTS?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) puede aplicar multas por no depositar la CTS en el plazo establecido (infracción grave). Las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por D. S. N° 008-2020-TR (10/2/20). Se tratan de tres escalas de multas diferenciadas, la primera para la micro empresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (No Mype).
Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT (4600 soles, vigente en el 2022). En el cuadro siguiente se indican las multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la CTS, según el tamaño de las empresas.