A partir del 17 de junio entrará en vigencia el Manual de Advertencias Publicitarias, que establece disposiciones para la aplicación y cumplimiento de la Ley de Promoción de Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes, también conocida como Ley de alimentación saludable.
Cabe recordar que, esta ley exige la implementación obligatoria del octógono (señal de advertencia) en alimentos procesados que excedan los límites que establece dicho manual.
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¿EN QUÉ CASOS SE PONDRÁ “ALTO EN”?
Es decir, aquellos alimentos sólidos y bebidas con alto contenido de sodio, azúcar y grasas saturadas, deberán mostrar octógonos con el texto “alto en” seguido de “azúcar”, “sodio” o “grasas saturadas”.
–Sodio (alimentos sólidos) Mayor o igual a 800 mg / 100g. Sodio (bebidas) Mayor o igual a 100 mg/100 ml
–Azúcar (alimentos sólidos) Mayor o igual a 22,5g/100g. Azúcar (bebidas) Mayor o igual a 6g/100 ml
–Grasas saturadas (alimentos sólidos) Mayor o igual a 6g/100g. Grasas saturadas (bebidas) Mayor o igual 3g/100ml
–Grasas Trans (según la norma vigente)
Los octógonos deberán ubicarse en la zona superior derecha de la cara frontal de la etiqueta y se mantendrán en todos los tamaños de esta.
Desde este año, ya han sido varios los productos que se sumaron a poner en sus empaques los octágonos. Tal ha sido el caso de Coca Cola, Inca Kola, galletas Oreo y otros.
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