Este lunes 01 de mayo se celebra el Día Internacional de los Trabajadores y por tal la fecha es una jornada de descanso tanto para el sector público como privado. Sin embargo, ¿sabes cuánto deben pagarte si trabajas este feriado? Aquí te contamos.
En Perú además se considera feriado nacional, de acuerdo al Decreto Legislativo 713. Esta fecha es una conmemoración a los primeros movimientos obreros que se realizaron para que las personas cuenten con derechos laborales, entre ellos, reducir las más de 15 horas de trabajo a ocho horas en total.
Cabe acotar que como parte de este feriado, se dispuso como día no laborable recuperable el viernes 28 de abril, formando así un ‘feriado largo’ de cuatro días. Esto con el fin de promover la reactivación económica y el turismo.
Según el DL 713, el pago que se realiza por este feriado, se percibe íntegramente y sin condición alguna, aun cuando el trabajador presente durante la semana inasistencias o tardanzas. Esto aplica para todos los colaboradores que se encuentren en la planilla de la empresa a la cual prestan servicios.
¿Cuál es el pago por trabajar en feriado?
El pago que deben de recibir los trabajadores que se encuentran en planilla en Perú tiene algunas características que varían, según el día o la situación del colaborador.
En primer lugar, los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar el lunes 1 de mayo, sin descanso sustitutorio posterior, deben percibir una «triple» remuneración diaria. Es decir, una por el feriado y otra por el trabajo realizado que se contrapresta con la sobretasa del 100%.
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Por ejemplo, si la remuneración mensual es 1,500 soles, la remuneración diaria será de S/ 50. Si trabaja en este feriado sin descanso posterior percibirá 50 soles por el día laborado y adicionalmente 100 soles más. Es decir que a fin de mes recibirá 1,600 soles.
Si el 1 de mayo coincide con tu día de descanso y no acudes a trabajar, el pago será doble, es decir, el pago que corresponde por el día calendario y el pago adicional por la prestación de servicios a la empresa. En caso trabajes y se acuerde un día de descanso posterior, solo se realizará un pago, el regular del mes.
¿Qué otros días son feriados en 2023?
Los otros feriados restantes en el año son:
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Viernes 28 de julio: Fiestas Patrias
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Sábado 29 de julio: Fiestas Patrias
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Domingo 6 de agosto: Batalla de Junín
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Martes 30 de agosto: Santa Rosa de Lima
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Domingo 8 de octubre: Combate Naval de Angamos
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Miércoles 1 de noviembre: Día de todos los Santos
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Viernes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
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Sábado 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
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Lunes 25 de diciembre: Navidad
Cabe mencionar que estaría próximo a promulgarse el 7 de junio como feriado nacional. Dependiendo de la regulación por parte del Ejecutivo (tras aprobación del Congreso) podría aplicarse desde este año.