A partir de hoy, las personas que incurran en cualquier modalidad de comercio ilegal de alimentos y medicinas serán sancionadas hasta con 15 años de prisión. Así lo determina la Ley 29675 que modifica diversos artículos del Código Penal, publicada en la víspera.
“Ahora la comercialización de fármacos falsificados, adulterados, con fecha de vencimiento expirada o los que ingresan de contrabando al país será sancionada drásticamente”, afirmó el director de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, Víctor Dongo.
La norma establece pena de cárcel no menor de cuatro ni mayor de 10 años para quienes incurran en el delito de adulteración de medicamentos. Igual sanción se aplicará para quienes comercialicen fármacos con fecha de vencimiento expirada. En caso se produzca la muerte de quien ingiere el medicamento, la pena será de 15 años de prisión efectiva.
Además agregó que quienes incurran en esta práctica ilegal y tengan la condición de encargados de una farmacia, también serán inhabilitados para el ejercicio de su profesión.