El lunes pasado se conoció la resolución de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema que ratifica el derecho de los consumidores de endosar o transferir sus pasajes aéreos de ida vuelta que no usen a otro usuario, con lo cual le da la razón a Indecopi, en un proceso sancionador contra Avianca.
Al respecto, Ángela Sevilla, secretaria técnica de la comisión de protección al consumidor del Indecopi, señaló este miércoles que los efectos de esta resolución judicial aplican solo para vuelos nacionales.
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Endose de pasajes aéreos: ¿cuáles son las condiciones?
Sevilla informó, además, que las únicas condiciones que deberán cumplir los viajeros que quieran hacer uso de este derecho es comunicarlo a la empresa aérea al menos con 24 horas de anticipación, pagar el derecho de emisión de nuevo ticket, que es un costo mínimo y, por supuesto, la persona a la cual se le va a transferir el pasaje, debe estar debidamente identificada.
En el programa Andina al Día, de la Agencia de Noticias Andina, la funcionaria subrayó que no está contemplado “de ninguna manera” pagos adicionales al concepto indicado, como penalidades u otros cobros de carga adicionales por hacer la transferencia de la titularidad del pasaje.
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Sevilla dijo que algunas aerolíneas habían limitado este derecho, y en los casos de los pasajes de ida y vuelta, exigían que el endose sea por todo el paquete, los dos tramos, ante lo cual el Indecopi resolvió que el titular del pasaje puede transferir ya sea un tramo o los dos.
¿Resolución de la Corte Suprema podría apelarse?
Asimismo, puntualizó que la resolución de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema, dando la razón a Indecopi al proceso sancionador aplicado a la aerolínea, es la última instancia judicial, ya no existe posibilidad de apelación, con lo cual queda en un proceso firme.
En tanto, Crisólogo Cáceres, presidente de Aspec, sostuvo que un derecho del consumidor como es el endoso de pasajes, consignado en el Código, ha tenido que ser discutido en el Poder Judicial por cuatro largos años para que recién el tema se visibilice.
“Mientras tanto, las empresas han lucrado indebidamente a expensas de los consumidores recortándoles derechos básicos. Eso no debe volver a suceder y el Indecopi debe fiscalizar que la ley se cumpla”, afirmó.