España decretó hace más de un año la famosa “Ley Rider”, primera en implantarse en un país, con la que se regulariza la labor de los repartidores por aplicativo. Sin embargo, una reciente investigación llevada a cabo por el Ministerio de Trabajo y Economía Social de ese país determinó un “gravísimo” incumplimiento por parte de la empresa de origen español Glovo.
La Inspección de Trabajo halló que la plataforma Glovo empleaba a 10.614 falsos autónomos como repartidores en Barcelona y Valencia. En concreto, la multa sería de 63,2 millones de euros en el caso de la Ciudad Condal, donde trabajarían 8.331 falsos autónomos, y de 15,7 millones en la capital del Turia, en la que la multinacional habría empleado de forma fraudulenta a 2.283 repartidores.
En conferencia de prensa, la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, indicó que se ha procedido a regularizar la situación de estos trabajadores. “El peso de la Ley (Rider) va a caer sobre esta empresa (Glovo), así como ha caído la Inspección de Trabajo”, sentenció Díaz.
Asimismo, la vicepresidenta ha acusado a Glovo de “vulnerar los derechos laborales de sus trabajadores” y de “obstruir” la labor inspectora, algo que ha calificado de “gravísimo” en un Estado social y democrático de Derecho, en el que las empresas “tienen que cumplir la ley”.
Glovo se enfrenta a una multa en España por subemplear más de 10 mil repartidores
En su investigación, la Inspección de Trabajo ha detectado que en todos estos casos denunciados y sancionados se dan los rasgos de dependencia y trabajo por cuenta ajena que tienen las relaciones laborales. Consecuentemente, las sanciones van destinadas a cubrir la deuda que existiría con la Administración y la Seguridad Social por cotizaciones no realizadas, a lo que habría que añadir una multa por obstrucción a la labor inspectora.
🎥 “En un Estado Social y de derecho la ley se le aplica a todo el mundo. El Ministerio de Trabajo y Economía Social no va a cesar en su empeño para que se cumpla la ley.”
— Ministerio Trabajo y Economía Social (@empleogob) September 21, 2022
💬 @Yolanda_diaz_ sobre la ley para garantizar derechos de los repartidores en plataformas digitales. pic.twitter.com/Pq5poKYwGA
¿En qué consiste la Ley Rider?
La llamada Ley Rider, en vigor desde agosto de 2021, obliga a las plataformas digitales de reparto a contratar como asalariados a sus repartidores. Así, la ley reconoce la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios retribuidos de reparto a través de empresas que gestionan esta labor mediante una plataforma digital, en línea con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en septiembre de 2020, en la que establecía que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.