El pasado 26 de julio, el diario oficial El Peruano hizo público la oficialización de la Ley 31530 que declara el día 6 de agosto como feriado nacional. La normativa fue aprobada con el fin de conmemorar la Batalla de Junín. Pero, muchos peruanos recién están tomando conocimiento de esta ley y existe la duda si se aplicará para el sector privado. En esta nota resolvemos esa interrogante.
¿El feriado aplicará para el sector privado?
Según el abogado laboralista Ricardo Herrera el feriado del sábado 6 de agosto alcanza tanto al sector público como al privado.
“Si bien es cierto el artículo 1 de la ley que declara el 6 de agosto como feriado solamente se refiere al sector público, el artículo 2 modifica la ley de descansos remunerados, que es el Decreto Legislativo 713, y en esa modificatoria incluye esta fecha como feriado. De esta forma queda demostrado que también para el sector privado es día feriado nacional”, señaló el letrado al diario La República.
Es así que, según el Decreto Legislativo N.º 713, este 6 de agosto los trabajadores que laboren en de forma remota, presencial o semipresencial les corresponde su sueldo más un doble de esta remuneración si es que no han negociado un descanso sustitutorio con su empleador.
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¿Cuánto me corresponde recibir de pago si trabajo este feriado?
Si trabajas el 6 de agosto recibirás un doble pago a fin de mes y esto aplica para el sector público como el privado. Recuerda que el pago total de tu salario incluye todos los días feriados del mes, por lo que el primer pago del 6 de agosto ya está cubierto.
Sin embargo, si trabajas en esta fecha, toma en cuenta que recibirás un doble pago tal como lo indica la legislación.
Por ejemplo, si el trabajador recibe S/ 1500 soles mensuales, deberá de dividirlos entre 30 días y el resultado será 50. Eso quiere decir que, por día laborado, percibe S/ 50 soles.
Entonces si trabaja el 6 de agosto, por esa fecha recibirá un adicional de S/ 100 soles, monto que verá a fin de mes.
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¿Cuáles son los próximos feriados?
El siguiente feriado en el Perú será el 30 de agosto, debido a que se celebra el día de Santa Rosa de Lima. Solo en el caso del sector público el 29 de agosto será día no laborable, pero compensable.
Aqui te mostramos los feriados que restán este 2022:
– Combate de Angamos (8 de octubre)
– Día de Todos los Santos (1 de noviembre)
– Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre)
– Batalla de Ayacucho (9 de diciembre)
– Navidad del Señor (25 de diciembre)