Con el fin de brindar alivio financiero a una amplia parte de la fuerza laboral peruana en medio de la coyuntura, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) promulgó una ley que otorga a los trabajadores del sector público y privado en Perú la disponibilidad total de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), cuyo último depósito de 2024 se realizó en noviembre.
Sin embargo, es importante resaltar que esta medida tiene una fecha límite para su aplicación, lo que significa que los trabajadores deberán actuar dentro de un plazo determinado para poder acceder a estos fondos. ¿Hasta cuándo podrás retirar tu CTS? Te lo contamos a continuación.
¿hasta qué día puedes retirar el 100% de los fondos de tu CTS?
Según lo establecido en el Decreto Supremo Nº 003-2024-TR, la posibilidad de disponer del 100% de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) estará habilitada solo hasta el 31 de diciembre de 2024.
Después de esa fecha, los trabajadores podrán acceder al dinero únicamente si se encuentran en situación de desempleo o si el monto excede las cuatro remuneraciones. De este modo, se prevé que, a partir del 1 de enero de 2025, la CTS pasará a ser nuevamente un fondo intangible, reservado para situaciones de despido o desvinculación laboral.
¿Quiénes pueden retirar su CTS?
Sector privado: trabajadores bajo el régimen del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, que establece la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobada por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR, sin importar el régimen laboral al que estén sujetos.
Sector público: trabajadores regidos por el régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, que establece la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobada por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR. También incluyen a los empleados de entidades del sector público sujetos al régimen del servicio civil, conforme a lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil.
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De acuerdo con la normativa, los empleadores están obligados a realizar los depósitos de la CTS en dos ocasiones al año: hasta el 15 de mayo y hasta el 15 de noviembre. En caso de incumplimiento por parte del empleador, los trabajadores pueden presentar denuncias ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), la cual tiene la facultad de imponer sanciones a las empresas infractoras.
¿Cómo retirar la CTS correspondiente a noviembre de 2024?
Según el reglamento del MTPE, los trabajadores pueden disponer, total o parcialmente, del saldo disponible de su fondo de CTS. Existen dos alternativas para hacerlo. La primera consiste en solicitar el retiro directamente en el banco, caja municipal o la institución donde estén depositados sus ahorros.
La segunda opción es solicitar el desembolso de los fondos a través de una transferencia a su cuenta, que puede ser bancaria, de una cooperativa de ahorro y crédito (que no estén autorizadas a captar recursos del público) o de una empresa de dinero electrónico, siempre respetando los límites y condiciones legales. Una vez realizada la solicitud, la entidad financiera tiene un plazo de dos días hábiles para efectuar la transferencia a la cuenta indicada por el trabajador.
Es importante señalar que los trabajadores tienen la libertad de disponer de los fondos acumulados en su cuenta de CTS, lo que significa que, si no retiraron el primer depósito del año, pueden hacerlo junto con el segundo.
¿Cómo calcular tu CTS?
El cálculo de la CTS consiste en sumar el sueldo mensual del trabajador a un sexto de la última gratificación recibida. Luego, este total se multiplica por los meses trabajados durante el período y se divide entre los doce meses del año.
Por ejemplo, si tu sueldo básico neto es de S/1,500, has trabajado durante seis meses y tu última gratificación fue de S/1,500, el cálculo de tu CTS sería el siguiente:
- Sueldo básico neto: S/1,500
- 1/6 gratificación de S/1,500: 250
- (1,500 + 250.00) 6 = 10.500
- 10.500 / 12 = S/875 | Este sería tu CTS.
Si necesitas ayuda para calcular este beneficio, te contamos que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha habilitado una herramienta llamada “Calcula tu CTS”, que te permite conocer el monto referencial de la Compensación por Tiempo de Servicios.
Para utilizarla, solo debes ingresar al portal de Sunafil, acceder a la sección “Calculadora Laboral”, e ingresar tu número de documento de identidad y el número de RUC del empleador. Luego, selecciona la opción “Calcula tu CTS” y listo.
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