En un paso significativo hacia la protección de los derechos laborales y la empatía hacia los trabajadores, el Gobierno ha reglamentado la licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado.
Esta medida, respaldada por el Reglamento de la Ley N°31602 y aprobada mediante el Decreto Supremo N°013-2023-TR, busca facilitar el proceso para los empleados que enfrentan la difícil situación del deceso de cónyuges, padres, hijos y hermanos.
¿Cuántos días de licencia tendrán los trabajadores?
Según la norma reglamentaria, los trabajadores tienen el derecho de ausentarse de sus puestos de trabajo por un plazo de cinco días calendario, con goce de su remuneración, en caso de fallecimiento de familiares directos. Este período se establece para brindar el espacio necesario para que los empleados afronten y gestionen los trámites y procesos asociados al luto familiar.
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La licencia, aplicable tanto a trabajadores bajo el régimen laboral general de la actividad privada como a aquellos comprendidos en regímenes especiales, puede solicitarse mediante una comunicación al empleador. Es imperativo que la solicitud incluya la habilitación para solicitar la licencia, la fecha de inicio y la duración prevista.
Es importante destacar que, si el fallecimiento ocurre en un lugar geográfico distinto al del centro de trabajo, la licencia se extenderá según la distancia y los días adicionales requeridos para el desplazamiento del trabajador. La norma hace referencia al Cuadro General de Términos de la Distancia, establecido mediante Resolución Administrativa N°288-2015-CE-PJ o norma equivalente.
Documentación necesaria
Al finalizar la licencia, los trabajadores deben presentar la documentación sustentadora que acredite el vínculo con el familiar fallecido. En casos de extensión de la licencia, se exigirá, adicionalmente, la verificación de que el deceso ocurrió en un lugar geográfico distinto al del centro de trabajo.
En situaciones excepcionales donde la documentación no pueda presentarse, el trabajador puede emitir una declaración jurada al empleador, detallando el lugar del fallecimiento del familiar.
La normativa también establece que los empleadores tienen el derecho de fiscalizar el uso adecuado de la licencia, asegurándose de que se utilice conforme a su finalidad. En este sentido, se espera que los trabajadores colaboren de manera debida para garantizar la transparencia en el proceso.
Esta reglamentación refleja el compromiso del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en promover un entorno laboral justo y compasivo. La licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado se erige como un paso importante hacia el bienestar de los trabajadores, reconociendo la importancia de brindar el apoyo necesario en momentos difíciles.












