El Instituto Nacional de Calidad (Inacal), organismo adscrito al Ministerio de la Producción, aprobó la Guía Peruana “GP 110:2022. Alimentos Envasados” que establece los requisitos mínimos y características a cumplir en el etiquetado de todo alimento envasado destinado al consumo humano.
Este nuevo marco normativo aportará al cumplimiento de la Ley N° 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes. Así también como al Manual de Advertencias Publicitarias (MAP).
Según explicó Clara Gálvez, presidenta ejecutiva del Inacal, la nueva Guía de implementación de octógonos en el etiquetado de alimentos procesados busca ser un estándar para las empresas peruanas de alimentos procesados y bebidas no alcohólicas.
La pauta especifica que se deberán colocar las advertencias publicitarias u octógonos cuando los productos “superen los parámetros técnicos vigentes de contenidos de azúcar, sodio y grasas saturadas, establecidas en el Manual de Advertencias Publicitarias”, subrayó la directora. “En el caso de las grasas trans, se rigen por las normativas estipuladas por la autoridad competente”.
Esta es la nueva guía de implementación de octógonos aprobada por Inacal
De acuerdo al Reglamento de la Ley N°30021 y recogido por la Guía Peruana GP 110:2022, Inacal estableció los siguientes parámetros técnicos a considerarse para su aplicación (ver la siguiente imagen).
Para la evaluación del cumplimiento de los parámetros técnicos, los valores que figuren en la declaración de nutrientes de cada producto, sea sólido o líquido, deberán ser obtenidos de los análisis realizados en un laboratorio o de tablas de composición de alimentos debidamente reconocidas, y que sean representativos del alimento.
En cuanto a las advertencias publicitarias aplicables a aquellos alimentos procesados cuyo contenido excedan los parámetros técnicos señalados, este documento indica el orden de colocación en función al octógono fijado (pueden ser de 1 a 4 sellos). El tamaño y forma apropiada del cuadro que debe decir “Evitar su consumo Excesivo”.
Aspectos técnicos
Asimismo, el formato a emplear debe ser nítido, claro, legible, visible, destacado y comprensible. Los detalles técnicos para la implementación son:
- Tipografía: Helvética LT Std. Bold
- Forma: octógono;
- Color: negro y blanco;
- Ubicación: zona superior derecha de la cara frontal de la etiqueta. Se mantendrá en todos los tamaños de etiqueta, de acuerdo a la Norma Metrológica Peruana – NMP 001 de Productos Rotulados Envasados.
En el caso que la etiqueta tenga un área menor de 50 centímetros cuadrados (cm2) se exceptuarán de rotular el o los símbolos con las advertencias “ALTO EN”. Para estos envoltorios deberán colocarse los octógonos en el empaque mayor que los contenga.
Casos excepcionales
Por otro lado, se establecen excepciones de consignar las advertencias publicitarias en los siguientes casos:
- alimentos y bebidas no alcohólicas en estado natural no sometidos a procesos de industrialización;
- los alimentos de procesamiento primario o mínimo;
- los alimentos de preparación culinaria;
- los alimentos de regímenes especiales sujetos al Codex Alimentarius; y
- alimentos infantiles colados, picados y procesados a base de cereales para niños mayores de dos (2) años, siempre y cuando no tengan adición de azúcares.
La nueva Guía Peruana ha sido elaborada por el Comité Técnico de Normalización de Alimentos envasados. Se encuentra disponible para lectura en línea gratuita en la “Sala de Lectura Virtual” en el portal web del Inacal: www.inacal.gob.pe.