La Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi desautorizó la adquisición de Agrícola del Chira S.A. por parte de Agroaurora S.A.C., empresa perteneciente al poderoso Grupo Gloria. El conglomerado había suscrito el contrato de compraventa en octubre de 2023.
Esta decisión se fundamenta en la preocupación de que dicha operación podría ocasionar una significativa restricción de la competencia en la industria del azúcar en el Perú, y que las medidas correctivas propuestas por el Grupo Gloria no serían suficientes para mitigar estos efectos adversos.
El Indecopi, amparado en la Ley 31112 que regula el Control Previo de Operaciones de Concentración Empresarial, tiene la responsabilidad de supervisar y analizar transacciones económicas para asegurar que no se perjudique la competencia efectiva y se promueva la eficiencia económica en beneficio de los consumidores. Esta ley establece umbrales específicos para la revisión de las transacciones, y en este caso, la adquisición propuesta superó dichos umbrales, activando la revisión obligatoria.
En la primera fase del procedimiento, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia identificó serias preocupaciones sobre posibles efectos restrictivos de la competencia en dos mercados clave: el mercado de adquisición de caña de azúcar de productores independientes en las regiones de Piura, Lambayeque y La Libertad, y el mercado de comercialización de azúcar doméstica en Perú.
La profundidad de estas preocupaciones llevó al inicio de una segunda fase de investigación para un análisis más detallado.
Hallazgos y riesgos identificados en la transacción del Grupo Gloria
El análisis exhaustivo realizado durante la segunda fase confirmó los temores iniciales. La Resolución 148-2024/CLC-INDECOPI, emitida el 27 de junio de 2024, detalló los riesgos de la concentración. En el mercado de adquisición de caña de azúcar en la región de Lambayeque, la participación del Grupo Gloria podría superar el 80%, otorgándole un control casi monopólico.
En cuanto al mercado de comercialización de azúcar doméstica en el canal mayorista a nivel nacional, la operación hubiera permitido al Grupo Gloria alcanzar más del 50% de participación, consolidando aún más su posición dominante.
Además, se señaló que las marcas del Grupo Gloria, como Agrolmos y Dulce Norte, son similares en precio y características a la marca Caña Brava de Agrícola del Chira S.A., incrementando así la probabilidad de restricciones competitivas. En la región de Piura, la presencia de marcas de azúcar alternativas, tanto locales como importadas, es limitada, lo que agravaría el impacto negativo de la operación en la competencia.
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Durante la segunda fase del procedimiento, Agroaurora S.A.C. propuso una serie de compromisos destinados a mitigar o eliminar los riesgos identificados por la Comisión. Sin embargo, estos compromisos fueron considerados insuficientes y no efectivos para restablecer la competencia que se vería afectada por la operación.
La Comisión determinó que las medidas propuestas no proporcionarían las garantías necesarias para proteger el mercado y mantener un entorno competitivo saludable.
Precedente importante
Esta es la primera vez que la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi deniega una autorización en el marco del régimen de control previo de operaciones de concentración empresarial, vigente desde el 14 de junio de 2021. Este precedente subraya la firmeza y el compromiso del Indecopi en la defensa de la competencia en el mercado peruano.
La Resolución 148-2024/CLC-INDECOPI estará disponible públicamente en la página web del Indecopi, una vez se resuelvan las solicitudes de confidencialidad de las partes involucradas, conforme al plazo previsto en la Ley 31692.
[ACTUALIZACIÓN] ¿Grupo Gloria apelará la decisión de Indecopi?
Tras el rechazo de Indecopi para que el Grupo Gloria, a través de Agroaurora, adquiriera Agrícola del Chira, la compañía emitió un comunicado. En el, resalta que la operación de compra “permitiría seguir impulsando el fortalecimiento de la industria azucarera nacional”.
Debido a la desautorización del proceso, “Agroaurora S.A.C. se encuentra analizando esta resolución que pone término a la primera instancia de la vía administrativa, y está evaluando la información recibida para que posteriormente pueda emitir su posición al respecto, reservándose el derecho a apelar si fuere el caso dentro del plazo legal establecido, actuando conforme a ley”.
Según lo explicado por la compañía, es posible que Agroaurora apelé la decisión de Indecopi.












