Con el fin de frenar las promociones que difunden descuentos engañosos, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Indecopi estableció un precedente de observancia obligatoria.
Este precedente se aplica tras resolver el primer caso de descuentos engañosos contra Tiendas Efe de Conecta Retail S.A, que promocionó descuentos falsos. Ante esto, el precedente de observancia obligatoria insta a que las promociones sobre ventas deban ser excepcionales y temporales, refirió Gestión.
El Indecopi también señaló que el descuento de rebaja deber ser calculado sobre el precio obligatorio o estándar, pues de lo contrario el proveedor estaría desnaturalizando el concepto de promoción de ventas y cometiendo un acto de engaño, lo cual afectaría los intereses económicos de los consumidores.
Además, la entidad indica que el precedente no niega la facultad a las compañías para establecer los precios que consideren convenientes, sino que fortalece la transparencia de los precios anunciados como parte de una promoción de ventas, con el objetivo de que los clientes no sean engañados.
Esto generará que las tiendas ofrezcan descuentos y que los clientes puedan acceder a ellos sin necesidad de tener una tarjeta exclusiva del establecimiento comercial, ya que estos deben realizarse sobre el precio ordinario.
Por su parte, Carlos Zúñiga, director de la Asociación de Defensa del Consumidor Elegir, comentó a Gestión que “si bien hay una prerrogativa para que el proveedor ofrezca un beneficio para aquellos que utilizan un método especial de pago, no todos los descuentos están sujetas a pago con tarjeta exclusiva”.
En esta línea, el ejecutivo explicó las diferencias que hay entre una promoción y un beneficio de descuento. “Para dar una promoción tienes que basarte en el precio regular; no puedes decir que es un precio promocional todo el año, porque ya no calificaría como promoción (…) Mientras que un beneficio es contar algo especial; te permite acceder a beneficios como un precio mejor; es tener una prerrogativa condicionada a contar con algún producto”, manifestó.
Según el Indecopi, el precedente producirá un impacto económico en los consumidores, pues esto asegurará la transparencia de la promociones y aumentará la confianza de las mismas.
“Asimismo, salvaguarda la utilidad de las promociones de ventas, beneficiando especialmente a los emprendedores y las mypes”, reiteró el organismo. Cabe estacar que para su aprobación, la CCD se apoyó en la experiencia comparada de Estados Unidos, Canadá, Reino Unidos, Irlanda y Australia.
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