El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuso dos sanciones a Tiendas Mass tras confirmar su responsabilidad en un accidente ocurrido en una de sus tiendas, que dejó a una clienta con lesiones.
El hecho ocurrió el 6 de marzo de 2022 en el local ubicado en la avenida Ignacio Merino, en el distrito de Lince, cuando una trabajadora desplegó la puerta enrollable metálica mientras la denunciante se encontraba en el umbral de la tienda. El golpe provocó que la afectada perdiera sus lentes y sufriera daños en los brazos.
La víctima presentó una denuncia el 28 de junio de 2023, argumentando que la empresa no implementó las medidas de seguridad necesarias ni prestó auxilio inmediato tras el accidente. Luego de evaluar el caso, Indecopi confirmó la sanción con dos multas equivalentes a 2 y 6 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que suma un total de S/42.800, considerando el valor vigente de la UIT para 2025. Este proceso fue difundido mediante la resolución oficial a través del portal especializado LP Derecho.
Además de la sanción económica, la entidad ordenó a la empresa cubrir los gastos médicos de la denunciante. Según consta en el expediente, “el 8 de marzo de 2024, la denunciante informó, mediante una declaración jurada, que los gastos médicos incurridos ascendieron a S/6.510”.
Mass apeló sanción y cuestionó la conducta de la clienta
Tiendas Mass presentó un recurso de apelación contra la Resolución 0381-2024/CC2, en todos los extremos desfavorables, excepto en la amonestación, la cual quedó consentida. En su defensa, la compañía cuestionó los gastos médicos reclamados por la denunciante, señalando que “no están sustentados y resultan desproporcionados”. Asimismo, calificó las acciones de la consumidora como imprudentes, indicando que esta insistió en ingresar al establecimiento a pesar de que el local ya se encontraba en horario de cierre.
LEA TAMBIÉN: El inesperado país que Apple encontró para fabricar sus iPhones por los aranceles de Trump
En sus argumentos, la empresa afirmó que su personal revisó previamente el interior del local antes de proceder al cierre. Además, enfatizó que cuentan con protocolos de atención de emergencias que incluyen al SAMU (Sistema de Atención Móvil de Urgencia) como primera respuesta para el traslado de accidentados. Según Mass, “el SAMU atendió la conducta imprudente de la denunciante, no siendo una mera coincidencia que en su protocolo de atención de accidente se encontrara el número de estas ambulancias, existiendo muchas más en el mercado”.
Otra de las observaciones planteadas por la empresa fue que el certificado médico legal presentado por la denunciante se emitió un mes después del accidente, a pesar de que “un especialista en la salud la revisó en el mismo momento, dejando expresa constancia del estado real y concreto de su estado de salud”.
Sanción por incumplimiento de medidas de seguridad
El 13 de marzo de 2025, Indecopi ratificó su fallo inicial al considerar probada la falta de medidas de seguridad y la omisión de auxilio oportuno por parte de la tienda. En su resolución, señaló: “Se confirma la apelada, al verificarse que la denunciada no adoptó las medidas de seguridad necesarias al realizar el cierre de su establecimiento comercial, generando daños a la integridad de la denunciante (…) al verificarse que la denunciada no brindó auxilio oportuno a la denunciante ante el accidente ocurrido el 6 de marzo de 2022”.
Con la multa de 6 UIT (equivalente a S/32.100) por no haber implementado acciones preventivas y 2 UIT (S/10.700) por la falta de asistencia inmediata, Tiendas Mass enfrenta no solo una sanción económica, sino también la obligación de resarcir económicamente a la afectada por los gastos médicos derivados del incidente.
Este caso refleja cómo Indecopi mantiene su compromiso de sancionar a las empresas que incumplen las normas de protección al consumidor, especialmente cuando se compromete la seguridad y el bienestar físico de los clientes.
LEA TAMBIÉN: Sunat embarga inmuebles de Telefónica del Perú por deuda tributaria de más de S/ 513 millones












