La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) del Indecopi sancionó en primera instancia al Banco Interbank, propiedad del grupo Intercorp, debido a los problemas operativos que presentó su sistema informático entre el 11 y 16 de diciembre del 2015, lo que habría perjudicado a los usuarios.
Mediante un comunicado, la institución defensora de los derechos del consumidor en Perú, impuso una multa de 19 UIT (Unidades Impositivas Tributarias), equivalentes a S/ 76.950 mil soles.
De acuerdo a lo resuelto por la CC3, Interbank habría afectado la disponibilidad de los fondos que los clientes mantenían en sus cuentas de ahorros, así como el uso normal de los servicios contratados por ellos, siendo únicamente responsabilidad del banco y no de un hecho fortuito como se dijo, lo cual constituye una infracción al artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
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“Un usuario de servicios financieros o titular de una cuenta de ahorros, esperaría que el sistema informático del banco preste garantías suficientes para una información confiable y certera acerca de su saldo, así como disponer del mismo de acuerdo a sus requerimientos y dentro de los límites pactados. Por tanto, el hecho de que no se haya reflejado el estado real de las cuentas de los clientes de Interbank, sí afectó la disponibilidad de sus fondos, así como el normal uso de los servicios al registrarse operaciones erróneas y distorsionarse la información de saldos, impidiendo que los consumidores pudieran realizar sus transacciones de manera normal”, citó La Comisión de Protección al Consumidor N° 3.
Asimismo, la resolución emitida en primera instancia por la CC3 ha sido apelada por el banco y esta se encuentra pendiente de ser revisada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi.
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