¿Sabías que el plástico demora más de 200 años en desaparecer? En el Perú cada año se generan 708 mil toneladas de residuos plásticos. Ante esta problemática, el gobierno peruano ha puesto en marcha varias iniciativas para combatir el uso excesivo de este material contaminante.
Una de esas medidas es La Ley N°30884, también llamada ley de plásticos, que busca eliminar de a pocos el uso de bolsas plásticas, tecnopor, envases y otros descartables que promueven la contaminación. Por ello, desde el 1 de agosto, los negocios ya empezaron a cobrar un impuesto de S/0.10 para este año. El monto aumentará S/0.10 cada año.
¿CUÁNDO NO COBRAR POR DAR BOLSAS?
Han surgido varias preguntas y/o dudas sobre en qué casos deben cobrarnos por las bolsas o cuáles negocios no deben hacerlo.
Primero, la SUNAT ha explicado que los mercados y bodegas pequeñas no deben cobrarte al entregarte las bolsas. Solo las tiendas departamentales, supermercados, retailers, tiendas de conveniencia y markets grandes.
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El cobro del impuesto al plástico no se cumple cuando hay razones de asepsia o inocuidad, para contener y conservar alimentos a granel, alimentos de origen animal, así como alimentos o insumos húmedos elaborados o preelaborados.
Tampoco se deberá pagar o negar la entrega de bolsas de plástico cuando el uso de la bolsa se destine a la limpieza, higiene o salud.
Del mismo modo, el impuesto al plástico no se aplicará si las bolsas de plástico han sido producidas en el país o son importadas, y que además cuenten con una tecnología que asegure la biodegradación de las mismas.
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