La Comisión de Protección al Consumidor N° 2 de Indecopi, en su primera instancia administrativa, ha dictaminado que el Centro Comercial Mall del Sur, situado en el distrito de San Juan de Miraflores en Lima, ha violado el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Este incumplimiento se debe a la falta de implementación de las medidas de seguridad adecuadas, así como a la falta de asistencia brindada a un menor que sufrió un accidente en sus instalaciones. En consecuencia de las infracciones detectadas, el centro comercial ha recibido una multa de 15 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a un monto total de 80,250 soles.
La Comisión destacó que el Mall del Sur no estableció las precauciones mínimas necesarias que hubieran prevenido el accidente, en el cual un extintor cayó sobre el pie derecho del menor, resultando en hasta tres fracturas. Este incidente obligó al afectado a someterse a una intervención quirúrgica para tratar sus lesiones.
La defensa de Mall del Sur
Mall del Sur defendió que cumplía con las normativas de seguridad, presentando certificados de operatividad de los extintores y las inspecciones correspondientes. Además, aseguraron que el personal activó el protocolo adecuado y que fue la madre quien decidió no esperar la ambulancia debido al nerviosismo. También argumentaron que el accidente fue producto de la negligencia de los padres al no supervisar al niño.
Sin embargo, la Comisión de Indecopi desestimó esta defensa, concluyendo que el extintor se desprendió al ser tocado levemente por el niño, lo que indicó que no estaba bien asegurado. Resaltaron que, al estar a una altura accesible y con un diseño llamativo, era previsible que los niños intentaran tocar los extintores.
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La Comisión también destacó que el centro comercial debió anticipar este riesgo y tomar medidas para evitar el incidente. Entre las pruebas presentadas, un video de seguridad y una fotografía del soporte del extintor demostraron que el aparato estaba en malas condiciones y no cumplía con los estándares de seguridad necesarios.
Aunque Mall del Sur objetó la autenticidad de la fotografía, alegando que no fue certificada notarialmente, la Comisión consideró que la similitud entre el entorno del video y la foto validaba su veracidad. Finalmente, concluyeron que el mal estado del soporte del extintor contribuyó al accidente.
Multa de 15 UIT y reembolso de gastos médicos
La Comisión del Indecopi determinó que Mall del Sur incumplió el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que obliga a los proveedores de servicios a garantizar la seguridad de sus instalaciones. También se halló una infracción a los artículos 18 y 19 de la misma ley, que exigen que los proveedores ofrezcan un servicio adecuado y presten la atención debida a los consumidores en situaciones de emergencia.
A pesar de que Mall del Sur contaba con certificados de operatividad y había realizado inspecciones de seguridad, la Comisión señaló que estos documentos no eximían al centro comercial de su obligación continua de supervisar y mantener sus instalaciones en condiciones adecuadas. Asimismo, la falta de ambulancia para el traslado del menor constituyó una infracción a su propio Plan de Seguridad y a la Ley N.º 30200, que exige que los centros comerciales cuenten con un servicio de emergencia adecuado.
Como consecuencia de estas infracciones, el Indecopi resolvió sancionar a Mall del Sur con una multa total de 15 UIT, equivalente a S/ 80.250. Además, el centro comercial deberá reembolsar a la madre del menor la suma de S/ 1.115 por los gastos médicos que ella asumió para el tratamiento de su hijo. También deberá pagar S/ 36 por los costos del procedimiento.
La resolución de la Comisión de Protección al Consumidor N.º 2 del Indecopi puede ser apelada ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, que constituye la segunda y última instancia administrativa. Si las partes involucradas no están de acuerdo con el fallo, tienen la opción de impugnarlo en este órgano superior.












