El debate sobre un octavo retiro de fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) ha tomado fuerza en los últimos días. En el Congreso se discuten proyectos que plantean liberar hasta 4 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/21,400. La propuesta sigue el esquema aplicado en los siete desembolsos anteriores, donde los aportantes accedieron a parte de sus cuentas individuales de capitalización.
Actualmente, existen 24 proyectos de ley que buscan habilitar este retiro extraordinario. La mayoría propone permitir la disposición de hasta 4 UIT, bajo condiciones similares a las aplicadas en los retiros previos. Todos permanecen en la agenda de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, que deberá analizarlos antes de su debate en el pleno del Congreso.
Pasos para aprobar el próximo retiro de AFP
Algunas iniciativas plantean cifras más altas, como un retiro de 5 UIT (S/26,750). Otras establecen la posibilidad de disponer entre el 50% y el 100% del fondo acumulado en los casos de migración definitiva. Estas opciones buscan responder a situaciones particulares y ampliar los recursos disponibles para los afiliados que enfrenten decisiones de carácter estructural en su vida económica y familiar.
Más allá de los montos planteados, el común denominador de estas propuestas es ofrecer un alivio financiero en medio de la coyuntura económica. Los legisladores argumentan que un desembolso extraordinario permitiría a los trabajadores contar con mayores recursos para enfrentar escenarios de necesidad. Con ello, el Congreso busca atender una demanda ciudadana que se mantiene desde los primeros retiros.
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El procedimiento legislativo establece que la Comisión de Economía debe emitir un dictamen sobre los proyectos. Si obtiene la aprobación, el documento se enviará al pleno del Congreso para su discusión y eventual votación. En caso de prosperar, la autógrafa pasará al Poder Ejecutivo, que tendrá la responsabilidad de decidir entre promulgar la ley o devolverla con observaciones.
De aprobarse sin observaciones, la norma entraría en vigencia al día siguiente de su publicación oficial. Si el Ejecutivo la devuelve, el Congreso deberá volver a revisar el texto. Este procedimiento es el mismo que se siguió en los siete retiros anteriores, que se aprobaron bajo la modalidad de medidas excepcionales en beneficio de los afiliados al sistema privado de pensiones.
Octavo retiro de AFP: viabilidad y respaldo del Ejecutivo
En setiembre de 2024 se promulgó la Ley 32123, que en su artículo 15 prohíbe los retiros parciales o totales de los fondos de los afiliados. La norma solo contempla dos excepciones: hasta el 25% del fondo para una primera vivienda o crédito hipotecario, y hasta el 50% en casos de cáncer o enfermedad terminal, de acuerdo con los artículos 40 y 42-A.
Frente a esta restricción, algunos proyectos plantean que el nuevo retiro se apruebe como una disposición excepcional y puntual. Para ello, proponen la inaplicación de la prohibición contenida en la Ley 32123. El objetivo es dar viabilidad legal al desembolso y responder a la presión social que exige acceder a parte de los aportes previsionales acumulados en el sistema.
El domingo pasado, la presidenta Dina Boluarte manifestó: “el Poder Ejecutivo respalda un octavo retiro de los fondos de las AFP, en atención a esta legítima preocupación de los trabajadores y sus familias”. Sus palabras confirman que el Gobierno se alinea con la demanda de los afiliados, lo que podría agilizar el proceso de discusión en el Parlamento.
En paralelo, la bancada de Fuerza Popular mostró su respaldo y pidió que el tema se incluya en la agenda de la Comisión de Economía. En un comunicado conjunto, afirmó: “Las restricciones actuales (de la Ley 32123), como la prohibición del retiro del 95.5% para menores de 40 años y la obligación de aportar para los independientes no son nuestras. Fueron impuestas por el Gobierno, que hoy se contradice y cambia de posición”.












