El Organismo Supervisor de Inversión Privada de Telecomunicaciones (Osiptel) emitió un proyecto normativo que establece los requisitos esenciales para la contratación del servicio público móvil.
Este propone que las empresas operadoras desactiven líneas móviles que presentan datos inconsistentes o que se encuentren activos sin los requisitos esenciales para la contratación.
De acuerdo a las acciones de fiscalización, el ente regulador identificó que algunas empresas operadoras no habrían implementado la exigencia de la verificación biométrica de sus vendedores y asesores, o su implementación es deficiente.
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Líneas móviles: ¿De qué trata el proyecto presentado por Osiptel?
Osiptel señaló que prueba de ello es que en el registro de distribuidores autorizados de las empresas operadoras se han detectado nombres y apellidos ininteligibles o inválidos, como “Yisus El Justiciero de APK”, “uno cero Julio”, “bam bam bam”, “no tiene no tiene no tiene”, “Messi Messi Messi” y más.
Esta situación ha generado, además, que se encuentren activos servicios móviles en las que no se puede determinar quién es el titular de la línea, ya que se registran datos inconsistentes. Solo en el primer trimestre del 2023 se advirtieron alrededor de 2,920 casos de errores en el registro de abonados.
Según la entidad supervisora, la operadora de telefonía móvil con mayor cantidad de inconsistencias detectadas es Movistar, con 4.002 casos (92.21%). Le sigue Entel, con 152 (3.5%); Claro, con 120 (2.76%); Bitel, con 64 (1.47%), y Flash Mobile, con 2 (0.05%).
Ante ello, el proyecto normativo del Osiptel propone aplicar tres requisitos básicos de contratación de servicio móvil: comprar los chips solo en tiendas o lugares autorizados oficialmente, verificar la identidad de la persona que adquiere la línea en una base de datos y una validación de identidad por medio de la verificación biométrica de la huella dactilar u otro procedimiento.
Desactivación y devoluciones
Esta iniciativa, que modifica la Norma de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones y que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, propone, además, que las empresas operadoras desactiven los servicios móviles en caso de que no cumplan con los requisitos esenciales para la contratación. Previamente deberán remitir un mensaje de texto al usuario informando sobre la desactivación del servicio.
Asimismo, se precisa que la detección de aquellos servicios que corresponden ser desactivados son los identificados por la empresa operadora, la cual deberá verificar de forma diaria el sustento del cumplimiento de los requisitos mencionados en sus contrataciones y activaciones efectuadas el día calendario previo.
En el marco de las acciones de fiscalización, el Osiptel puede detectar servicios móviles activos sin haberse cumplido los requisitos esenciales para su contratación y solicitar a las operadoras la desactivación respectiva.
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Ante una disconformidad sobre la desactivación del servicio, se podrá presentar un reclamo por falta de servicio y las empresas deberán poner a disposición el mismo número y plan tarifario a las personas que tuvieron acceso al servicio desactivado. Y, de forma posterior, efectuarán la contratación del servicio cumpliendo los requisitos esenciales y las disposiciones establecidas.
Según el proyecto normativo, las operadoras realizarán las devoluciones que correspondan por el incumplimiento de alguno de los requisitos esenciales dispuestos.
También se establece la obligación de las empresas de reportar la información de contratación y activación de servicio al Sistema de seguimiento, monitoreo y fiscalización de contrataciones, bajas y migraciones; así como la prohibición de que los asesores de las empresas operadoras intervengan en la autoactivación.