La Comisión de Protección al Consumidor de Indecopi multó con 1 millón 884 mil 930 soles a la empresa San Fernando por no cumplir con el correcto etiquetado de ocho de sus productos alimenticios que comercializa en el mercado peruano.
Según un comunicado de Indecopi, en primera instancia administrativa, se sancionó a la empresa San Fernando S.A., con una multa total de 454.2 UIT (unidades impositivas tributarias) por infringir el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
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La Comisión comprobó que cuatro productos investigados: ‘hamburguesa casera de pollo’, ‘paté de pollo’, ‘jamonada de pollo’ y ‘apanado de pollo’, contaban con etiquetas cuya denominación no reflejaba su verdadera naturaleza, es decir, su etiqueta indicaba que eran a base de pollo, pero entre sus ingredientes también figuraban la carne y grasa de cerdo, piel de pollo y carne de pavo. Debido a ello, se le aplicó la multa máxima de 450 UIT, que permite el Código, equivalente a S/ 1,867 500.
En tales casos, la citada empresa no respetó el artículo 32 del Código, el mismo que establece que “los alimentos deben llevar en su etiquetado de manera destacada la denominación que refleje su verdadera naturaleza, sin generar confusión ni engaño al consumidor”.
Además, el Indecopi le impuso a San Fernando una multa de 4.2 UIT equivalente a S/ 17,430 por no señalar el nombre completo del producto en la cara de visualización principal respecto de los siguientes productos: ‘hamburguesa súper de carne’, ‘hamburguesa súper de pollo’, ‘apanado de carne’ y ‘hamburguesa casera de carne’, en tanto su denominación se ubicaba al reverso de este.
En estos casos la citada empresa no cumplió con el artículo 10 del Código, el mismo que establece que “los productos envasados ofrecidos al consumidor deben tener de manera visible y legible la información establecida en la norma sectorial de rotulado correspondiente”.
Cabe destacar que, durante el procedimiento, San Fernando, actualizó el etiquetado de los productos en cuestión, y adicionalmente modificó de manera voluntaria el contenido de sus registros sanitarios.
Ambas multas equivalen a S/ 1,884 930. La empresa presentó un recurso de apelación para que la decisión de la primera instancia sea revisada por la Sala Especializada de Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi.
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