El mundo está cambiando sus hábitos de consumo de plástico a uno mucho más responsable y amigable con el medio ambiente. Es por ello, que algunos comercios como restaurantes, supermercados y tiendas de mejoramiento para el hogar en el Perú están incorporando estrategias como la eliminación de bolsas y sorbetes plásticos para reducir la contaminación del planeta.
Ante ese contexto, hoy en la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República se vienen debatiendo varios proyectos de ley que buscan prohibir o reducir el consumo de plástico en el comercio en general en el Perú.
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Luego de un largo análisis, tanto de las iniciativas legislativas como del marco técnico y normativo a nivel internacional, la comisión dictaminó un único texto sustitutorio que regula el plástico de un solo uso, otros plásticos no reutilizables y los recipientes o envases descartables de tecnopor.
El objetivo de este proyecto, como bien se menciona en el referido dictamen, es establecer un marco regulatorio en nuestro país sobre el uso del plástico y otros envases descartables para alimentos y bebidas de consumo humano. Esto con la intención de reducir su impacto adverso en el medio ambiente.
Para ello, propone la reducción progresiva del uso de bolsas de base polimérica (es decir, de polietileno o polipropileno) en un plazo de 3 años contados desde la entrada en vigor de la ley. Esto impacta principalmente en los supermercados, autoservicios, almacenes, comercios en general u otros similares, a quienes se les exigirá reemplazar, progresivamente en dicho plazo, la entrega de bolsas plásticas no reutilizables, por bolsas reutilizables o biodegradables. Asimismo, para dichos establecimientos, indica que deberá haber un cobro a los consumidores por cada bolsa que entreguen.
LEY INCLUYE PROHIBICIÓN DE SORBETES Y ENVASES DE TECNOPOR
De manera más rápida, desde que empiece a regir la ley, se prohíbe la adquisición, uso, ingreso o comercialización de bolsas plásticas, sorbetes o envases de tecnopor en las áreas naturales protegidas, áreas declaradas patrimonio cultural o patrimonio natural de la humanidad, museos y entidades de la administración estatal; así como el uso de bolsas o envoltorios plásticos en publicidad impresa, diarios, revistas, recibos de cobro de servicios y toda información dirigida a los consumidores.
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En un plazo de 180 días desde su entrada en vigor, la norma prohíbe la fabricación, importación, distribución y comercialización de envases de tecnopor para alimentos y bebidas, bolsas plásticas con dimensión menor a 900 cm2 y espesor menor a 50 micras, y sorbetes de plástico (salvo para uso médico).
Asimismo, prohíbe la adquisición, uso o comercialización de bolsas y sorbetes plásticos, y envases de tecnopor en las playas del litoral peruano. Finalmente, a partir del 28 de julio de 2021, la normativa dispone la prohibición de fabricar, importar, distribuir, entregar y consumir cualquier tipo de bolsa plástica no reutilizable, así como platos, vasos y otros utensilios y vasijas de material plástico para alimentos y bebidas de consumo humano.
Este artículo ha sido desarrollado por el semanario de ComexPerú.
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