De acuerdo con una nueva Casación emitida por la Corte Suprema de Lima, Gloria S.A. no podrá utilizar leche en polvo para producir leche evaporada, luego de que el organismo declarara infundada una demanda de amparo presentada por la empresa, en la que la productora de lácteos buscaba que no se aplicará el Decreto Supremo 004-2022-MIDAGRI, publicado en abril del 2022.
El Decreto supremo señaló que, la leche evaporada era un producto obtenido por la “eliminación parcial del agua únicamente de la leche”, prohibiéndose el uso de la leche de polvo para su elaboración.
Discusión entre Gloria y Corte Suprema de Lima
En el mes de septiembre, la empresa láctea había presentado una demanda de amparo. Luego no se sabía con certeza el futuro del decreto mencionado, ya que, se consideraba materia de Litis, a pesar de aplicarse desde octubre del 2022.
El grupo Gloria S.A declaró que la prohibición del uso de la leche en polvo vulneraba su derecho a la libertad de empresa, igualdad, proporcionalidad y razonabilidad.
Asimismo, anteriormente señalaba que el decreto “busca cambiar los parámetros técnicos para la producción de la leche evaporada sin evidencia científica en perjuicio de su nivel nutricional”.
La casación conocida esta semana determinó que el decreto no vulneraba los derechos de Gloria, al no impedir el uso de la leche en polvo, sino que solo actualizaba los lineamientos para producir y vender leche evaporada.
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Evaluación de apelación
En comunicado de prensa, Gloria anunció que apelará la decisión del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional, pero que no dejará de acatar la sentencia emitida en primera instancia.
“En ejercicio de su derecho a su tutela jurisdiccional establecido en nuestro ordenamiento constitucional, y en defensa de los derechos de nuestros consumidores y la libre empresa, nos reservamos el derecho a apelar la decisión ante las instancias competentes”, precisó la empresa.
Lo que implica, en la práctica, que la firma no apelará (por el momento) la decisión judicial, ya que, alega ser “una empresa que cumple a cabalidad con el marco regulatorio”.
Agregó, en ese sentido, que han aplicado “estrictamente la modificación al Reglamento de la Leche y Productos Lácteos desde su entrada en vigencia y que esta situación no se va afectada por la resolución judicial” del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional.