Tras medio año en documentación, finalmente la Ley del Joven Empresario ha sido promulgada en el Diario Oficial El Peruano por el Ejecutivo. La norma, aprobada previamente por el Congreso, tiene por objetivo establecer un marco normativo que promueva la generación de empleo para jóvenes.
A su vez, la Ley N° 31828 busca contribuir con el desarrollo del país en el contexto de una economía social de mercado. Los beneficios que otorga esta norma se aplican a las empresas constituidas por jóvenes en edades comprendidas entre los 18 y 29 años. Estas deberán estar debidamente inscritas ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.
Su promulgación se da en un contexto donde el 38% de los emprendimientos en el Perú son creados por jóvenes a partir de los 18 años. Entre los beneficios que otorga, se encuentra un proceso simplificado de constitución e inscripción registral de la empresa, para lo cual el Ministerio de la Producción llevará a cabo las acciones y suscribirá los convenios necesarios.
LEE TAMBIÉN: ¿Eres un joven emprendedor? Conoce 5 negocios rentables que puedes iniciar con poco dinero
Asimismo, los contribuyentes sujetos al régimen general del impuesto a la renta o al Régimen MYPE Tributario que contraten uno o más trabajadores nuevos podrán aplicar una deducción adicional equivalente al 50% de la remuneración básica que paguen a dichos trabajadores en los ejercicios 2024 y 2025, entre otros beneficios.
La remuneración básica mensual del nuevo trabajador no superará los S/ 1.700 (mil setecientos soles). Tratándose de trabajadores cuya remuneración sea variable o imprecisa, se considera cumplido el requisito si el promedio mensual de las remuneraciones percibidas durante los meses de enero a diciembre de los ejercicios 2024 y 2025 no superan los S/1.700 (mil setecientos soles).
La ley también autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a otorgar a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (Cofide) una línea de financiamiento para la creación de un fondo destinado a financiar emprendimientos liderados por jóvenes de entre 18 y 29 años, con tasas de interés preferenciales.
LEE TAMBIÉN: ¿Cuáles son las empresas tech preferidas por los jóvenes profesionales en Perú?
Además, se faculta al Ministerio de la Producción a suscribir convenios con entidades de certificación autorizadas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) o el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para facilitar la constitución simplificada de la sociedad por acciones cerrada simplificada (SACS) para los jóvenes empresarios.
Cabe acotar que, según la ley, el Ejecutivo dictará las disposiciones reglamentarias y complementarias referidas en un plazo no mayor de sesenta días (60) calendario contados a partir de la fecha de publicación en el diario oficial El Peruano, efectuado el 11 de julio del 2023. La Ley N° 31828, Ley del Joven Empresario, lleva las firmas de la presidenta Dina Boluarte y el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola.












