El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó nuevo reglamento de la Ley N°31670, que establece la creación de pensiones con monto mínimo de AFP e impulsa a realizar aportes voluntarios previsionales con el fin de extender las opciones a los afiliados de tener un mejor fondo de ahorro para su jubilación.
Esta ley establece que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), sean responsables de forma voluntaria si acoger la Pensión Mínima Objetivo (PMO), la cual cuenta con un monto proyectado y estipulado por el mismo, no inferior al monto de la canasta de básica de consumo, determinada por el INEI, que actualmente es de S/378.
Giovanna Prialé, presidenta de la Asociación de la AFP, reveló que el monto establecido, depende netamente de la cesta básica. Este podría variar según los cambios, inflación, costo de vida y la rentabilidad del monto acumulado de cada afiliado.
¿Cuáles condiciones aplican?
Según analistas, el monto mínimo acumulado de un afiliado en AFP para poder optar al retiro de sus fondos, es de S/85,000. Con esto, podrán disponer de excedentes de sus aportes al momento de la jubilación en sus 65 años, edad hasta la que se mantendrá una actualización continua de la proyección del monto total que se recibirá al momento de la jubilación.
Para poder acceder a la solicitud del pago de pensión mínima, el afilidado deberá solicitar que el pago se realice en la modalidad de Pensión Mínima Objetiva (PMO) y desde entonces, la AFP se encargará de analizar si la persona cuenta con los requisitos estipulados en el nuevo reglamento para acceder al mismo.
En cuanto al momento que en el afiliado podrá disponer de su excedente, la congresista Digna Calle, comenta que aún está en espera que la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), se pronuncie en cuanto a la fecha de la operación.
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