En noviembre de 2024, se realizará el último depósito correspondiente a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) del año. Cabe señalar que en mayo pasado, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) promulgó una ley que permite a los trabajadores del sector privado y público acceder a los fondos depositados en entidades financieras como BCP y BBVA, entre otras.
Esta disposición, que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024, busca proporcionar un alivio a las dificultades económicas de los trabajadores en el contexto de la crisis económica actual. La norma abarca a los empleados del sector privado que se encuentran bajo el régimen del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, además de los trabajadores de empresas estatales y servidores civiles que están sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728.
La normativa también abarca a los empleados de entidades públicas bajo el régimen de la Ley N° 30057 (Servir). Esta medida busca brindar un respaldo financiero a un amplio sector de la fuerza laboral peruana, permitiendo a los trabajadores acceder libremente a sus ahorros acumulados.
LEE TAMBIÉN: Congreso impulsa modificar la Reforma de Pensiones: buscan restablecer el retiro del 95,5% de AFP al jubilarse
¿Cuándo depositan la última CTS de 2024?
La CTS es un derecho laboral reconocido por la ley para los trabajadores peruanos. Este beneficio se distribuye anualmente en dos depósitos: uno en mayo y otro en noviembre. El cálculo para el depósito de mayo se determina considerando los meses de noviembre a abril, y el correspondiente a noviembre se basa en los meses de mayo a octubre.
Las empresas tienen hasta el 15 de noviembre para realizar este segundo depósito; de lo contrario, podrían enfrentar sanciones. Es relevante mencionar que la CTS puede ser objeto de embargo en casos de deudas por alimentos, hasta un máximo del 50% de los fondos depositados.
A partir del 1 de enero de 2025, la CTS en Perú volverá a ser un fondo intangible, destinado a acumularse para situaciones de despido o desvinculación laboral. Esto implica que los trabajadores solo podrán retirar sus fondos en caso de desempleo o cuando el saldo supere el equivalente a cuatro remuneraciones mensuales.
¿Cómo es el proceso de retiro de la CTS?
Con la aprobación del reglamento para el retiro de la CTS en mayo pasado, los trabajadores tienen la opción de disponer de sus fondos de manera libre. Esto significa que, si aún no ha retirado el primer depósito del año, tiene la oportunidad de hacerlo junto con el correspondiente a noviembre.
El proceso para acceder a estos fondos se ha simplificado, permitiendo a los trabajadores solicitar el desembolso a través de canales digitales. El reglamento del MTPE establece que los trabajadores podrán disponer de su CTS de las siguientes maneras:
- Realizar el retiro, total o parcial, del monto disponible en su cuenta de depósito de CTS.
- Solicitar que la entidad financiera realice el desembolso mediante transferencias a las cuentas que el trabajador indique, sea en una entidad del sistema financiero, cooperativa de ahorro y crédito no autorizada para captar recursos del público, o empresa emisora de dinero electrónico, conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable.
- Tras recibir la solicitud de desembolso, la entidad financiera tendrá hasta dos días hábiles para procesarla.
¿Cómo calcular la CTS?
El empleador debe depositar cada seis meses la mitad de la remuneración correspondiente al trabajador. Este depósito se efectúa en abril o en octubre/noviembre, según corresponda. A esta suma se le añade un sexto de la gratificación recibida durante dicho período (un sueldo en los meses de julio y diciembre).
Para facilitar la comprensión, se presenta la fórmula para el cálculo de la CTS: el sueldo del trabajador más un sexto de la última gratificación, multiplicado por el número de meses trabajados y dividido por los 12 meses del año. A continuación, se muestra un ejemplo ilustrativo:
- Sueldo básico neto: S/1,500
- 1/6 de la gratificación de S/1,500 = S/250
- (S/1,500 + S/250) / 360 días = S/4.86
- S/4.86 x 180 días (medio año) = S/875, monto final de la CTS a depositar.
¿Qué debo hacer si la empresa no cumplió en depositar mi CTS?
Lo primero que debes hacer como colaborador es acercarte a la empresa y comunicar que no se hizo el depósito de la CTS, además de solicitar que se paguen los intereses que habrías ganado desde el quince de mayo.
Si la empresa no se compromete a pagar la CTS a tiempo o ignora tu solicitud, deberás presentar una denuncia ante la Superintendencia de Fiscalización Laboral (Sunafil). Esta entidad puede multar a la organización con hasta cien mil soles, dependiendo del número de personas perjudicadas.