En Chile, la Corte de Apelaciones de Valparaíso condenó a las empresas Ripley y Cencosud por vulnerar las normas de la Ley del Consumidor en la operación de tarjetas asociadas a multitiendas.
En el caso de Ripley, esta deberá pagar una multa en beneficio fiscal de $100.000 y una indemnización por $3.000.000 a Christian González Silva. El fallo del tribunal de alzada ratifica la resolución adoptada por el Tercer Juzgado de Policía Local de Viña del Mar, el que estableció la infracción al artículo 23 de la Ley del Consumidor al causar menoscabo al cliente, tras enviar sus antecedentes comerciales al boletín Dicom.
El demandante realizó diversos trámites que tenían que ver con operaciones financieras, sin embargo, todos resultaron frustrados al estar sus datos en el boletín comercial pese a que, desde 2006, no registraba deudas con la empresa.
Por otro lado, la corte porteña condenó a Cencosud al pago de una multa de 7 UTM, equivalentes a $269.087, y una indemnización de $500.000 al consumidor Iván Zamora Solís.
En este caso, el tribunal ratificó la resolución del Segundo Juzgado de Policía Local de Viña del Mar, el que estableció que hubo una infracción al artículo 15 de la Ley 19.496, al retener injustificadamente al demandante.
Zamora Solís concurrió, el 2 de octubre de 2009, al supermercado Santa Isabel, ubicado en Villanelo 236, de Viña del Mar, local donde fue retenido por un supuesto hurto. En primera instancia, el monto de la indemnización al consumidor fue fijado en $300.000, pero la Corte de Apelaciones aumentó la suma al revalorar el daño moral causado.