Como ya se sabe, este sábado 8 de octubre es feriado nacional por la conmemoración del Combate de Angamos. Debido a ello, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), optó por declarar día no laborable este viernes 7 de octubre, con el propósito de fomentar el turismo interno y que los peruanos puedan disfrutar de un feriado largo.
Cabe recordar que el pasado 31 de marzo, el Ejecutivo dio a conocer mediante el Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM un listado de siete días no laborables para los colaboradores del sector público, que se suman a los feriados establecidos en el calendario.
Es importante señalar que días no laborables y feriados son dos aspectos distintos. Los feriados son días de descanso remunerado que no necesitan ser compensados por los trabajadores. Mientras que los días no laborables también deben ser remunerados, pero requieren ser compensados por los empleados.
¿Cuánto dinero recibirás si trabajas el 7 de octubre?
Al tratarse de un día no laborable, la norma señala que si los trabajadores del sector privado deciden descansar deben recuperar las horas. En el caso del sector público, este descanso aplica de forma obligatoria.
“En los días no laborables, si el trabajador no presta servicios, el empleador debe pagarle la contraprestación correspondiente, debiendo el trabajador recuperar las horas dejadas de laborar, o de común acuerdo con el empleador, fijar una fórmula de compensación”, indicó Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
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Es así que si una persona del sector público o privado trabaje este día no laborable, solo recibirá la remuneración diaria regular. Como no es un día feriado, para el sector privado no le corresponde el pago de los conceptos adicionales ni descansos sustitutorios.
¿Cuánto dinero recibirás si trabajas este 8 de octubre?
En tanto, el sábado 8 de octubre es feriado nacional contemplado en el Decreto Legislativo N° 7131. Por ello, a los trabajadores —tanto del sector privado como del público— que laboren en esta fecha sin descanso sustitutorio les corresponde la remuneración correspondiente a la labor efectuada ese día, por el día feriado y un monto adicional equivalente al 100% de la remuneración diaria (sobretasa). Esto equivale a un triple pago.
Feriados que quedan en el 2022
Los feriados que quedan hasta diciembre de este año son los siguientes:
Martes 1 de noviembre
Jueves 8 de diciembre
Viernes 9 de diciembre
Domingo 25 de diciembre
Para lo que resta del año, los trabajadores del sector público tendrán tres días más declarados como días no laborables: Se trata del lunes 31 de octubre, lunes 26 de diciembre y viernes 30 de diciembre.