En Argentina, la Cámara Civil y Comercial de San Isidro ordenó a Easy (Cencosud) a indemnizar con 10.000 pesos a dos clientes que fueron increpadas por guardias de seguridad al acusarlos de forma infundada de querer robarse una mercadería.
Los demandados enfatizaron en que “yerra el Juez a quo al tener por reconocido el hecho en sede administrativa, ya que en la audiencia conciliatoria su parte sólo manifestó lo que los clientes querían escuchar y que el pedido de disculpas no puede tomarse como un reconocimiento”.
Para rechazar el argumento de la falta de pruebas, los jueces recordaron que “el demandado admitió que el personal de vigilancia que detectó cierta irregularidad en el accionar de los actores al observarlos introducir entre sus ropas un artículo “niple”(que luego se comprobó que era usado) los siguió durante su estancia en el local y los detuvo tras pasar la línea de cajas, ocasión en que fueron demorados e interrogados acerca de mercadería que podrían tener en su poder y que no habrían abonado”.