Una multa de S/80,960 o 17.6 UIT recibió la empresa Nestlé Perú, por no advertir a tiempo a sus consumidores sobre la presencia de moho en los productos Chocotón y Panetoncito de la marca D’Onofrio.
La compañía infringió el artículo 28 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Según informó el Indecopi, del total de la multa, S/34,040 es por no informar a los consumidores sobre los riesgos y S/46,920 por no informar sobre los productos a las autoridades. La resolución de este caso es pública y puede ser revisada en el siguiente enlace.
Detalles de la sanción a Nestlé
El caso se registró el 14 de diciembre del 2020, cuando la Dirección General Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud (DIGESA) emitió una alerta sanitaria pidiendo a la población no consumir Panetoncito (del lote 2480107) y Chocotón (de los lotes 2690107 y 2680107) por presunta presencia de moho.
Notificados del caso, el día posterior a la alerta, Nestlé informó que el producto observado formaba parte de remanentes de lotes, que ya habían sido bloqueados y retirados a nivel nacional desde el 23 de noviembre. Según describe la compañía, el hecho fue incluso corroborado sin irregularidades por DIGESA días antes (11-12-2020). Cabe mencionar que solicitaron a sus consumidores comunicarse en caso encontraran un producto de los lotes mencionados.
A raíz de ello se abrió un proceso administrativo. La Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N°3 inició acciones de supervisión a efectos de verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
[ACTUALIZACIÓN] Declaración respecto a la medida interpuesta por Indecopi
Nestlé considera que la decisión actual de INDECOPI ha sido tomada solo en primera instancia y apelarán a través de recursos dispuestos por la ley. “La calidad e inocuidad de nuestros productos no es negociable, nuestras políticas y procedimientos garantizan el más alto nivel de protección para nuestros consumidores”.