El Congreso de la República publicó la Ley del Certificado Único Laboral (Ley Nº 31760), la cual unifica y reemplaza a los actuales certificados para jóvenes (Certijoven) y para personas adultas (Certiadulto). De esta forma, tiene por objetivo regular la implementación y el acceso al Certificado Único Laboral para facilitar la empleabilidad de las personas mayores de 18 años en el mercado laboral formal.
Este documento electrónico contiene información necesaria para la contratación y puede ser solicitado de manera gratuita por medio del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). En concreto, alberga data personal, antecedentes policiales, penales y judiciales, educación y experiencia laboral formal.
El solicitante puede incluir también condición de discapacidad. Para solicitarlo, primero deberás estar registrado en el portal del MTPE, o en caso ya estés registrado ingresar a través del siguiente enlace. Asimismo, para poder emitir el certificado, el ministerio utiliza información que ponen a disposición las entidades públicas, que brindan facilidades para su acceso gratuito y permanente en la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE).
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Cabe señalar que el Poder Ejecutivo deberá aprobar el reglamento en un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de su publicación. En esa línea, con su entrada en vigor, también quedan derogado el Decreto Legislativo 1378, que extiende la accesibilidad al Certijoven y el Decreto Legislativo 1498, que otorga accesibilidad al Certiadulto ante el impacto de la COVID-19.
El Certificado Único Laboral cuenta con la firma digital del funcionario autorizado para tal fin por el MTPE, así como con un código o mecanismo de verificación inserto en el mismo documento que permita validar su autenticidad.
Se determina que el MTPE está facultado para suscribir convenios de colaboración interinstitucional con otras entidades públicas, a través de sus representantes autorizados. Ello con la finalidad de acceder y obtener la información necesaria que se deba integrar en el documento, procurando salvaguardar su gratuidad.
Además, de ser necesario, la entidad puede celebrar convenios con instituciones del sector privado, siempre que con ello se logre el cumplimiento del objeto del certificado único laboral y no se vulnere las normas de protección de datos personales.