Si bien la Remuneración Mínima Vital (RMV) actualmente es de S/ 1.025 para los empleados que laboran 8 horas diarias o 48 horas semanales, las personas que trabajan en un horario nocturno tienen derecho a percibir un monto superior. Aquí te contaremos cuál es la cantidad mínima de dinero que debes ganar si prestas tus servicios de noche.
Sueldo mínimo por trabajar en horario nocturno
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) señala que los trabajadores que laboran en un horario nocturno tienen derecho a un sueldo no menor a S/ 1.383,75.
Según la Sunafil, la remuneración por trabajar en horario nocturno es la sumatoria de la RMV más el 35%, lo cual explica la cifra mencionada. En tanto, S/ 1.025 más el 35% es igual a S/ 1.383,75, siendo este el salario mínimo que puede percibir un empleado que labora de 10:00 p.m. a 6:00 a.m.
Lea también: ¿Cuánto quieren ganar los peruanos que buscan empleo?: monto es uno de los más bajos de la región
Empleados en periodo de prueba
Asimismo, la Sunafil indica que las empresas no pueden excluir de la planilla a sus empleados bajo el argumento de que se encuentran en un periodo de prueba.
“Los trabajadores tienen derecho a estar registrados en planilla electrónica desde el inicio de su relación laboral”, refiere la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral.
Otros factores a tener en cuenta
En el caso de que los trabajadores hayan cesado sus labores en una empresa, ya sea por despido o renuncia, los empleadores tienen un plazo máximo de 48 horas para realizar el depósito de liquidación.
Finalmente, la Sunafil hizo referencia al caso de los trabajadores de la construcción civil y a la Bonificación Unificada de Construcción (BUC). “El BUC asciende al 32% del jornal básico para un operario y al 30% para un oficial o peón”.