Inkafarma fue multado por Indecopi por no ofrecer medicamentos genéricos a sus clientes por unidad.
La infracción se verificó durante una supervisión realizada en uno de sus establecimientos en la ciudad de Tarapoto, departamento de San Martín.
Indecopi explicó que con fecha 4 de julio de 2019, realizó una acción de supervisión presencial en el establecimiento de propiedad de Eckerd Amazonía.
En las conclusiones indicadas por Indecopi, refiere que existen indicios de incumplimiento de lo establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Por su parte, Inkafarma cuestionó la diligencia de inspección y el acta de fiscalización, toda vez que la diligencia de inspección se llevó a cabo como consumidor incógnito, lo cual impidió ejercer sus derechos.
Sin embargo, para INDECOPI las acciones de supervisión son uno de los pocos instrumentos legales con los que cuenta la autoridad administrativa para verificar los hechos y conductas desarrollados por los proveedores frente a los consumidores.
Este es el resultado de una serie de supervisiones realizadas por el Indecopi, de manera simultánea, a 50 farmacias a nivel nacional, pertenecientes a 6 proveedores.
Intereses Económicos
El artículo 65 de la Constitución Política del Perú consagra la defensa por el Estado peruano de los intereses de los consumidores, mandato que es recogido en el literal c) del numeral 1.1 del artículo 1° del Código, el cual reconoce el derecho de los consumidores a la protección de sus intereses económicos y establece la protección contra métodos comerciales coercitivos o cualquier otra práctica similar, así como frente a información interesadamente equívoca respecto de los productos o servicios que son ofrecidos en el mercado.
La resolución es pública y puede ser vista en el siguiente enlace: https://bit.ly/2ZBDgvW