La participación de las utilidades es un derecho reconocido en el artículo 29 de la Constitución Política del Perú. Según información gubernamental, las utilidades son un porcentaje de la renta neta (ganancias después de descontar inversiones e impuestos) obtenida por las empresas como resultado de su gestión. Algunas compañías tienen la obligación de repartirlas entre sus trabajadores. Aquí te explicaremos si este beneficio laboral te corresponde y cuándo debe realizar el pago el empleador.
Las utilidades las reciben todos los trabajadores que están en planilla y pertenecen a empresas privadas que generan rentas de tercera categoría y que tienen más de 20 empleados.
Por su parte, no están obligadas a repartir las utilidades entre sus trabajadores las empresas individuales, microempresas, autogestionarias, cooperativas, comunales, y sociedades civiles que no excedan los 20 empleados.
Es importante resaltar que las empresas del Estado están obligadas a entregar utilidades porque son compañías con trabajadores en planilla dentro del régimen de la actividad privada.
¿Cuándo deberá realizarse el pago de utilidades?
Las utilidades se pagan en un plazo máximo de 30 días después de que la empresa presente la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta. En ese plazo, el empleador deberá entregarle al trabajador una hoja de liquidación con información sobre cómo se obtuvo el monto que se le pagó.
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Según el cronograma de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), la declaración de 2022 se efectuará entre el 24 de marzo y el 11 de abril de 2023. Por lo tanto, se estima que el pago de las utilidades se realizará entre el 27 de marzo y el 11 de mayo.
¿Quiénes recibirán utilidades?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) sostiene que el pago de utilidades lo reciben todos los trabajadores en planilla que al menos hayan laborado un día durante el 2022. Este beneficio incluye a empleados temporales, de plazo indefinido, de tiempo completo, de tiempo parcial, extranjeros y peruanos, pero no aplica para los practicantes.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Trabajo señala que los trabajadores con jornada inferior a la máxima establecida participarán en las utilidades en forma proporcional a la jornada laborada.
Asimismo, la ley establece que para recibir utilidades no es necesario que el trabajador continúe laborando en la empresa, pues los extrabajadores que estuvieron el año anterior y ya no se encuentran laborando también deben obtener dicho beneficio.
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Si una empresa cuenta con utilidades y no cumple con pagarte en el plazo señalado, puedes denunciar el hecho a Sunafil para que le aplique la multa, que podría ser entre 1.57 UIT hasta 26.12 UIT.
¿Cómo calcular las utilidades?
El porcentaje se distribuye conforme a la siguiente ecuación: Un 50% en función de los días trabajados. Ejemplo, si se determina que el día laboral genera 3 soles y tú trabajaste 180 días, se multiplica y esta parte de tus utilidades equivale a 540 soles.
El otro 50% es en función a las remuneraciones percibidas por el trabajador. Se divide la cantidad de dinero a repartir entre la suma del sueldo de todos los trabajadores, ese resultado se multiplica por todo lo que has ganado en el año. Ejemplo, si la división es 0.02 céntimos y tú has ganado 27 mil soles, se multiplican y esta parte de tus utilidades también equivale a 540 soles.
Se suman ambos cálculos y, de acuerdo con los ejemplos señalados, el resultado total de utilidades es de 1080 soles.
No todos los días de descanso quedan fuera
Para el cálculo de las utilidades se toman en cuenta los días trabajados y aquellas ausencias consideradas como asistencias por mandato legal, entre las que se encuentran:
Días de inasistencia debido al cierre de local por la comisión de infracciones tributarias.
Licencias sindicales.
Días no laborados debido a un despido nulo en caso de reposición.
Horas de lactancia.
Suspensión perfecta de labores por caso fortuito o fuerza mayor en caso de haberse declarado improcedente.
Los días de la licencia por accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.
Los días de la licencia pre y post natal.
Pago por sector
La distribución de este pago depende del sector al que pertenezca la empresa donde trabajas.
Empresas agrarias: 5%
Empresas de telecomunicaciones: 10%
Empresas industriales: 10%
Empresas mineras: 8%
Empresas de comercio al por mayor y al por menor y restaurantes: 8%
Empresas que realizan otras actividades: 5%